Minuto a Minuto

Nacional Veracruz tipifica la rapiña en hechos de tránsito; pena será de cárcel
El Congreso de Veracruz aprobó una iniciativa de decreto por la cual se convierte en delito la rapiña en hechos de tránsito
Internacional Rusia niega un brote de peste en Siberia tras miles de análisis y denuncia noticias falsas
El Rospotrebnadzor informó que en los casi 5 mil análisis de laboratorio no se halló "ningún microorganismo patógeno peligroso”
Nacional SEP confirma megapuente de 4 días en octubre, ¿qué días será?
La Secretaría de Educación Básica confirmó el megapuente en el calendario oficial del ciclo escolar 2026-2027
Internacional EE.UU. promete no olvidar el “acto de barbarie” del 7 de octubre contra su “aliado” Israel
Marco Rubio recordó que "se cumplen tres años desde que terroristas de Hamás torturaron, mutilaron y asesinaron a mil 200 civiles inocentes en Israel"
Internacional ¿Qué es la peste pulmonar y por qué genera alerta el caso de Rusia?
Es poco probable que derive en una epidemia, entre otras razones porque existen tratamientos y no hay las condiciones de otros siglos
Tribunal Electoral, el indicado para determinar si las giras de Morena incurren en actos anticipados de campaña: INE
Simpatizantes de Morena. Foto de @PartidoMorenaMx

Arturo Castillo Loza, consejero del Instituto Nacional Electoral (INE), aseguró que es el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación el indicado para determinar si los candidatos presidenciales de Morena están realizando actos anticipados de campaña.

En entrevista con Joaquín López-Dóriga para Grupo Fórmula, el consejero Castillo Loza detalló que la decisión de la Comisión de Quejas y denuncias del INE sobre las giras de Morena tiene como objetivo que se hagan actos “totalmente dirigidos a un proceso interno”.

No deben utilizar como pretexto la selección de su coordinador para la defensa de la transformación, o como le denominen, para hacer actos proselitistas o posicionar candidaturas o propuestas de campaña de cara a 2024“, apuntó.

Castillo Loza explicó que se trata de medidas cautelares, que implican que el INE no tiene la atribución de determinar si un candidato, aspirante o partido político están violando la ley en materia de actos anticipados de campaña o precampaña, tarea que le corresponde al Tribunal Electoral.

Nosotros lo único que hacemos es un análisis preliminar y decimos: ‘al parecer, bajo la apariencia del buen derecho, estos actos podrían constituir actos anticipados de precampaña o campaña‘; y por lo tanto, se dicta una medida para proteger la equidad en la contienda. De ahí, que en las medidas que estás leyendo, son meramente cautelares. Porque finalmente quien debe decidir si están o no incumpliendo la ley es el Tribunal Electoral“, aseguró.

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó este sábado medidas cautelares contra las asambleas informativas de los aspirantes presidenciales de la Cuarta Transformación (4T), pero no serán suspendidas.

El proyecto recibió dos votos a favor y uno en contra en dicha Comisión del INE, y que no contempla no contempla la suspensión de los eventos de Claudia Sheinbaum, Marcelo Ebrard, Adán Augusto López,  Ricardo Monreal, Manuel Velasco y Gerardo Fernández Noroña.

Las medidas cautelares emitidas por el INE para las asambleas informativas de los aspirantes de la 4T son:

  • Que se lleven a cabo preferentemente en lugares pertenecientes al propio partido político, como sus oficinas estatales o municipales;
  • Deberán ser dirigidos a militantes y simpatizantes del partido Morena;
  • No deberán emitirse expresiones de índole electoral;
  • Previo al inicio de cada acto, ya sea un recorrido o una asamblea informativa, se deberá informar de manera explícita sobre el contenido del Acuerdo número ACQyD-INE-104/2023 y de la presente determinación;
  • Exigir el deber de cuidado, en cuanto a revisar el contenido de los discursos de las personas que están participando para la titularidad de la Coordinación de los Comités de Defensa de la Cuarta Transformación, para asegurar que estén alineados con las acciones establecidas en el Acuerdo número ACQyD-INE-104/2023 y la presente determinación.

Así mismo, se reiteró la obligación impuesta a las partes en el acuerdo ACQyD-INE-104/2023, en el sentido de que, en todo tiempo, se deberán ajustar a los límites y parámetros constitucionales y conducirse acorde a los principios de legalidad y equidad.

En la previa, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) había ordenado a la Comisión de Quejas y Denuncias del INE hacer un nuevo análisis sobre las giras de los aspirantes de la 4T en la República Mexicana.

El proyecto del magistrado Indalfer Infante fue aprobado con cinco votos a favor y dos en contra de los magistrados Felipe de la Mata y Janine Otálora.