Minuto a Minuto

Nacional Depresión tropical Tres-E evoluciona a la tormenta tropical ‘Cristina’; ¿afectará a México?
La intensificación de 'Cristina' ocurre mientras la tormenta tropical 'Boris' continúa desplazándose frente a las costas del Pacífico mexicano
Nacional “Me he preparado para el cargo”: Evangelina Moreno detalla su aspiración al Gobierno de Baja California
Evangelina Moreno, diputada federal con licencia, se encuentra a la espera de los tiempos para registrarse por Morena.
Internacional Las noticias más importantes para iniciar la semana bien informado, por Radar Latam 360
Radar Latam 360 presenta las noticias más importantes de América Latina y el mundo para estar bien informado hoy 8 de junio
Deportes Liga MX: Esteban Solari deja la dirección técnica del Pachuca
En un comunicado, la directiva del Pachuca agradeció a Esteban Solari su trabajo durante casi siete meses en la institución
Internacional Suman 4 casos de gusano barrenador en EE.UU.; atribuyen origen a México
Un brote a gran escalan de gusano barredor supondría en EE.UU. una pérdida de "miles de millones de dólares" en la industria ganadera
Tribunal desecha recurso de Cortés contra memorándum de AMLO
Foto de Notimex

Un Tribunal Federal desechó el recurso presentado por Marko Cortés, líder nacional del Partido Acción Nacional (PAN), contra el Memorándum para cancelar la Reforma Educativa emitido el presidente Andrés Manuel López Obrador.

La titular del Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa, Alma Delia Aguilar Chávez Nava, desechó el 26 de abril la demanda de amparo.

Asimismo, ahora el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa desechó el recurso por notoriamente improcedente.

En el fallo se explica que Cortés equivocó el rumbo para controvertir el fallo de la juez Aguilar Chávez Nava.

“No existe base legal para sostener que cuando el recurso interpuesto no fuera el indicado deba reencauzarse la vía y admitirse el que resulte procedente, porque la Ley de Amparo establece con claridad la procedencia y el trámite que debe darse a los recursos de revisión y de queja”, se lee en la resolución.

Se agrega que “si el recurrente expresamente interpone el de revisión contra el auto que desechó su demanda de amparo, la actuación del Presidente del Tribunal Colegiado de Circuito que conozca del recurso debe limitarse a determinar sobre su procedencia, admitiéndolo o desechándolo, según corresponda, sin que pueda reencauzar la vía y tramitar un recurso distinto. Este proceder no vulnera el derecho humano de acceso a la justicia reconocido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Con información de Milenio