Minuto a Minuto

Internacional EE.UU. aborda con Ucrania las garantías de una paz con Rusia y la recuperación posconflicto
El enviado especial estadounidense, Steve Witkoff, hizo un recuento en X de las reuniones "productivas y constructivas" de los últimos tres días con sus pares ucranianos
Economía y Finanzas Seis consejos para celebrar la Navidad sin afectar tus finanzas
Aplicar hábitos financieros inteligentes durante esta temporada, en especial para la cena y los regalos de Navidad, puede marcar la diferencia entre disfrutar las fiestas o empezar el año con estrés financiero
Entretenimiento Muere el actor James Ransone, conocido por ‘It: Chapter Two’
Las primeras investigaciones apuntan a que el actor James Ransone se habría suicidado, dado que no se encontró evidencia de algún delito
Entretenimiento México apuesta por un cine “muy mexicano” y apunta a la reflexión de la muerte en 2026
El cine nacional se une a la campaña 'México muy mexicano' y apunta en 2026 a producciones que reflexionan sobre la figura de la muerte
Nacional Desarticulan banda que extorsionó durante un año a profesor de 60 años
La Fiscalía capitalina detuvo a cuatro miembros de la banda de 'Chucho' Macedo por la extorsión a un profesor, quien entregó más de 390 mil pesos
Tribunal desecha recurso de Cortés contra memorándum de AMLO
Foto de Notimex

Un Tribunal Federal desechó el recurso presentado por Marko Cortés, líder nacional del Partido Acción Nacional (PAN), contra el Memorándum para cancelar la Reforma Educativa emitido el presidente Andrés Manuel López Obrador.

La titular del Juzgado Décimo Quinto de Distrito en Materia Administrativa, Alma Delia Aguilar Chávez Nava, desechó el 26 de abril la demanda de amparo.

Asimismo, ahora el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa desechó el recurso por notoriamente improcedente.

En el fallo se explica que Cortés equivocó el rumbo para controvertir el fallo de la juez Aguilar Chávez Nava.

“No existe base legal para sostener que cuando el recurso interpuesto no fuera el indicado deba reencauzarse la vía y admitirse el que resulte procedente, porque la Ley de Amparo establece con claridad la procedencia y el trámite que debe darse a los recursos de revisión y de queja”, se lee en la resolución.

Se agrega que “si el recurrente expresamente interpone el de revisión contra el auto que desechó su demanda de amparo, la actuación del Presidente del Tribunal Colegiado de Circuito que conozca del recurso debe limitarse a determinar sobre su procedencia, admitiéndolo o desechándolo, según corresponda, sin que pueda reencauzar la vía y tramitar un recurso distinto. Este proceder no vulnera el derecho humano de acceso a la justicia reconocido en el artículo 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos”.

Con información de Milenio