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TEPJF multa con 73 mil 40 pesos a Jorge Luis Preciado
Foto de Archivo

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó por unanimidad una multa por 73 mil 40 pesos contra el panista Jorge Luis Preciado, por inobservancia a la ley electoral cometido en un mensaje que se emitió en el Teletón pasado.

TEPJF multa con 73 mil 40 pesos a Jorge Luis Preciado - Jorge-Luis-Preciado-Teleton
Jorge Luis Preciado en el Teletón

La magistrada ponente Gabriela Villafuerte Coello informó que la aparición del candidato a la gubernatura de Colima en ese programa “no es lo que está prohibido por sí mismo, sino el mensaje (que emitió), dado que hace una oferta de campaña en el marco de la contienda electoral” que se realizaba en esa entidad.

La funcionaria del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) precisó que Preciado Rodríguez se identificó como aspirante a la gubernatura colimense e hizo una promesa de campaña, en el marco de la jornada electoral local en marcha.

“Como candidato del PAN al gobierno del estado de Colima, venimos a felicitar al Teletón por esta acción tan noble, tan sensible que se realiza por la niñez mexicana”, declaró durante el Teletón, que se llevó a cabo el 12 de diciembre de 2015.

“Pero también asumir el compromiso que vamos hacer la colecta necesaria para que el próximo año llevemos un CRIT a Colima y a toda la niñez colimense que hoy sufre, pero que le podemos cambiar el rostro”, añadió en su mensaje televisivo de 30 segundos.

El Partido Revolucionario Institucional (PRI) presentó una queja contra Preciado Rodríguez por su presunta promoción personalizada y por violentar el modelo de comunicación política, que prohíbe la compra o adquisición de tiempo en medios electrónicos.

El magistrado presidente de la Sala Especializada, Clicerio Coello, definió a ese asunto como de “suma relevancia”, al reconocer que de manera puntual se argumenta la violación a la normatividad electoral.

También que se utiliza este tiempo de televisión para realizar propaganda electoral durante la campaña en la elección de gobernador en el estado de Colima.

“Es decir, no estamos frente a expresiones que pudieran estar albergadas en la libertad informativa (…) sino frente a un programa televisivo que tiene un fin específico en el que se realiza un mensaje de carácter partidista”, subrayó.

Coello Garcés dijo que si un candidato utiliza tiempo de televisión y emite un mensaje de carácter político-electoral, como se ha precisado en el dictamen, “se actualiza el acceso indebido a los tiempos de radio y televisión, es decir, a la adquisición de manera unilateral”.

Al respecto el magistrado Felipe de la Mata opinó que tras el análisis de los hechos, “se evidencia con claridad que existe una adquisición de tiempo-aire por parte del entonces candidato a gobernador de Colima”.

Si bien se trata de una adquisición unilateral, pues no se comprobó ningún pacto o convenio, “el contenido del mensaje es el problema, digámoslo así, porque la participación del candidato o de un político ayudando de forma altruista no podrá ser objetable por sí mismo”.

De la Mata Pizaña recalcó que “el problema es el tipo de mensaje que utiliza. Recordemos que el entonces candidato se expresaba en forma expresa como tal; es decir manifiesta que acude en su carácter de candidato, eso es algo muy palpable y señala ser postulado por un partido específico (…) y ofrecía llevar a cabo una colecta”.

Redacción