Minuto a Minuto

Sin Categoría Detienen a Antonio Molina, excoordinador de cárceles federales ligado a red criminal de García Luna
Fuerzas federales detuvieron en la Ciudad de México a Antonio Molina Díaz, coordinador general de Prevención y Readaptación Social en las administraciones de Felipe Calderón y Enrique Peña Nieto. La detención se concretó en la colonia Anáhuac, alcaldía Benito Juárez. Al sujeto se le acusa de crimen organizado y peculado con el fin de cometer … Continued
Internacional EE.UU. detiene a empresario por vender tecnología al programa nuclear de Irán
El hombre con nacionalidad estadounidense e iraní es fundador, propietario y director ejecutivo de Faraz Pardaz Rayaneh Co. Ltd. (FPR), una empresa de redes informáticas con sede en Teherán
Nacional Alfonso Durazo y Américo Villareal niegan que EE.UU. les haya retirado la visa
Alfonso Durazo y Américo Villarreal negaron que EE.UU. les haya retirado la visa por presuntos vínculos con el crimen organizado
Nacional Defensa despliega 90 elementos de Fuerzas Especiales para reforzar seguridad en Sinaloa
La movilización tiene como objetivo reforzar el despliegue operativo que mantiene la 9/a. Zona Militar en Sinaloa
Ciencia y Tecnología OMS advierte que contaminación alimentaria causa 1.5 millones de muertes globales cada año
La OMS advirtió que la contaminación alimentaria por sustancias como plomo y metilmercurio puede afectar el desarrollo infantil de por vida
TEPJF ordena a López Obrador abstenerse de hacer comentarios o referencias a la revocación de mandato
Foto de lopezobrador.org.mx

El Pleno de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió por unanimidad confirmar la orden al presidente Andrés Manuel López Obrador de abstenerse de realizar comentarios sobre el proceso de revocación de mandato.

En otra determinación, el Pleno modificó el acuerdo emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral del Instituto Nacional Electoral (UTCE), para que la Coordinación General de Comunicación Social y Vocería del Gobierno de la República elimine exclusivamente el contenido de las publicaciones que contengan expresiones relativas al proceso de revocación de mandato, respecto a la conferencia matutina del 28 de febrero.

Derivado de las denuncias presentadas por los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Acción Nacional (PAN), la Comisión de Quejas y Denuncias del INE emitió acuerdos en lo que se ordenó al presidente López Obrador abstenerse de emitir expresiones relativas al proceso de revocación de mandato, derivado de diversos comentarios hechos durante la conferencia matutina del 2 de febrero y dos eventos celebrados el 12 y 13 del mismo mes en Sonora; decisiones confirmadas por la Sala Superior.

TEPJF ordena a López Obrador abstenerse de hacer comentarios o referencias a la revocación de mandato - amlo-andres-manuel-lopez-obrador-presidente-prensa-1024x576
En la foto, el presidente López Obrador

Posteriormente, el PAN presentó un incidente de incumplimiento, debido a que el presidente López Obrador nuevamente realizó manifestaciones sobre el proceso de Revocación de Mandato en las conferencias matutinas del 21 y 28 de febrero.

La UTCE reiteró al presidente la obligación de abstenerse de emitir pronunciamientos sobre la revocación de mandato y ordenó la eliminación en redes sociales del vídeo de la conferencia matutina del 28 de febrero, así como del resto de las plataformas oficiales.

Inconformes con lo anterior, López Obrador y el Coordinador General de Comunicación Social y Vocería de la República promovieron medios de impugnación alegando, principalmente, la vulneración a su garantía de audiencia y presunción de inocencia, y que la UTCE excedió sus facultades al ordenar eliminar la totalidad del contenido de la conferencia matutina del 28 de febrero.

En sesión pública por videoconferencia, a propuesta del magistrado Felipe Alfredo Fuentes Barrera, el pleno de la Sala Superior consideró que:

  • Respecto a las consideraciones de la conferencia matutina del 21 de febrero, ya existe pronunciamiento por parte de esta Sala Superior en el expediente SUP-REP-54/2022 y acumulado.
  • La UTCE expresó las razones por las cuales consideró que los sujetos vinculados incumplieron con las medidas ordenadas inicialmente.
  • No se vulneró la garantía de audiencia, pues en los procedimientos sancionadores en materia electoral, no se requiere una audiencia previa.
  • No se vulneró el principio de presunción de inocencia, porque la supervisión del cumplimiento de las medidas cautelares no supone valorar la conducta denunciada ni hacer un pronunciamiento sobre su ilicitud.
  • La autoridad electoral se excedió al ordenar la eliminación de la totalidad del contenido de la conferencia matutina del 28 de febrero.

El pleno de la Sala Superior tutela el debido desarrollo del proceso de Revocación de Mandato, asimismo consideró el caso relevante y trascendente, porque se relaciona con la facultad de la autoridad electoral administrativa para supervisar el cumplimiento de las medidas cautelares.

Con información de López-Dóriga Digital