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Suprema Corte rechaza lista de candidatos judiciales aprobada por el Senado
Insaculación para la elección de candidatos judiciales. Foto de Senado de la República

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó la lista de casi mil candidatos, aprobada por el Senado para las elecciones judiciales de junio próximo, al argumentar que el proceso de selección no cumplió con los criterios de idoneidad establecidos.

“En sesión privada, celebrada este jueves 6 de febrero, se expusieron diversos puntos de vista de las ministras y los ministros presentes, y al someterse a votación, no se alcanzó la mayoría de ocho votos a la que se refiere el artículo segundo transitorio de la reforma constitucional en materia del Poder Judicial de la Federación”, señaló en una nota la SCJN.

Esta decisión se produce en medio de las tensiones derivadas de la reciente reforma judicial que impulsa la elección de los juzgadores mexicanos a través del voto popular, a fin de transformar el sistema de justicia en México.

El Senado había aprobado una lista de 955 aspirantes para diversos cargos judiciales, incluyendo jueces de distrito, magistrados de circuito y ministros de la Suprema Corte, luego de que el Poder Judicial se negara a realizar una selección de candidatos.

No obstante, la mayoría de los actuales ministros de la SCJN determinó que el método de selección, que incluyó un sorteo para elegir a algunos candidatos, no garantizó la evaluación adecuada de la idoneidad de los aspirantes.

La reforma judicial, promulgada en septiembre de 2024, introdujo cambios significativos en la estructura y funcionamiento del Poder Judicial, siendo la elección de jueces y magistrados por voto popular la medida más controvertida y sin precedentes en México.

Esta reforma también redujo el número de ministros de la SCJN de 11 a nueve y estableció la creación de un Tribunal de Disciplina Judicial para supervisar la conducta de los miembros del Poder Judicial.

Aunque la recepción de candidaturas se habilitó para el Poder Judicial, Legislativo y el Ejecutivo, el primero decidió no participar en este procedimiento, por lo que la Cámara alta tuvo que realizar la definición de esta lista.

Sin embargo, ante el rechazo de esta lista, el Senado podrá enviar de forma directa el resultado de su procedimiento, según lo resuelto recientemente el Tribunal Electoral del PJF.

“En caso de que ese órgano jurisdiccional (la Suprema Corte) no dé trámite o no apruebe los listados mencionados, la Mesa Directiva del Senado de la República podrá remitir, de manera directa, las candidaturas insaculadas al Instituto Nacional Electoral, para continuar con el procedimiento electivo”, señaló el Tribunal Electoral.

Con información de EFE