Minuto a Minuto

Nacional Embajador de EE.UU. destaca inversión y seguridad energética en proyecto Mexinol
Johnson aseguró que el proyecto contempla la construcción de la planta de metanol de ultra bajas emisiones más grande del mundo
Internacional Venezuela y EE.UU. definirán relaciones en el hemisferio, promete John Barrett
John Barrett reiteró que llegó a Venezuela para continuar el plan de tres fases de Donald Trump: estabilización, recuperación y transición
Economía y Finanzas México buscará captar producción que EE.UU. quiere sacar de Asia
Marcelo Ebrard dijo que México dialogará la posibilidad de operar sectores estratégicos desde Asia sin aranceles
Deportes ‘Checo’ Pérez asegura que la Fórmula 1 actual no es divertida y nadie la entiende
Durante su visita a la Ciudad de México, 'Checo' Pérez aseguró que "ni los ingenieros ni los pilotos entienden la Fórmula Uno"
Internacional EE.UU. auditará la gestión del Departamento de Justicia de los archivos de Epstein
La auditoría también investigará si los funcionarios no hicieron públicos todos los documentos relevantes del caso Epstein
Subraya TEPJF que la Corte le dio la razón: no procede el amparo en materia electoral
Mazo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Foto de @TEPJF / Archivo

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se pronunció sobre la discusión llevada a cabo este jueves en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Por medio de un comunicado, el TEPJF subrayó que la Corte lo reconoció como “la máxima autoridad en materia electoral”, además de que el máximo tribunal del país confirmó “que el amparo no procede en materia electoral, tal como ha sostenido este órgano jurisdiccional”.

Cabe destacar que las sentencias del TEPJF son definitivas e inatacables, por lo que el proceso electoral en ningún momento ha sido suspendido y se mantendrá como está previsto en la Constitución“, resaltó el organismo judicial.

El Tribunal Electoral también subrayó que “la SCJN ordenó a los jueces de distrito corregir sus propias sentencias, tomando en cuenta lo razonado en la sesión de su pleno; es decir, que las suspensiones no proceden en materia electoral”.

Aclaró además que en ningún momento se revocaron las suspensiones dictadas por jueces de distrito. “En este caso, se aplicó el artículo 41 de la Constitución, que establece claramente que en materia electoral no proceden los amparos, por lo que no es posible frenar un proceso democrático de elección.

El TEPJF seguirá actuando como la máxima instancia en materia electoral, de manera independiente y sin admitir la intervención de ninguna otra autoridad judicial”, aseguró.

Con información de López-Dóriga Digital