Minuto a Minuto

Internacional Italia detecta posible caso de ébola; activa protocolos sanitarios
Un hombre que visitó República Democrática del Congo regresó a Italia con síntomas que podrían ser de ébola
mundial 2026 Árbitros mexicanos inician concentración en Miami rumbo al Mundial 2026
Los árbitros mexicanos elegidos por la FIFA viajaron a Miami para un seminario de preparación rumbo al Mundial 2026
Internacional Video: Colapsa un edificio comercial en Nueva Delhi; hay 6 muertos
Un edificio comercial colapsó cerca de una estación de Metro en Nueva Delhi, hecho que provocó la muerte de seis personas
Nacional Video: Punks agreden a policías en el Metro CDMX
Tres 'punks' agredieron a policías auxiliares del Metro CDMX, quienes con ayuda de usuarios los detuvieron
Internacional Decretan toque de queda en Newark tras disturbios frente centro de detención de migrantes
El toque de queda en Newark se declaró después de varios días de protestas frente al centro de detención Delaney Hall
Subraya TEPJF que la Corte le dio la razón: no procede el amparo en materia electoral
Mazo del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Foto de @TEPJF / Archivo

El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) se pronunció sobre la discusión llevada a cabo este jueves en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

Por medio de un comunicado, el TEPJF subrayó que la Corte lo reconoció como “la máxima autoridad en materia electoral”, además de que el máximo tribunal del país confirmó “que el amparo no procede en materia electoral, tal como ha sostenido este órgano jurisdiccional”.

Cabe destacar que las sentencias del TEPJF son definitivas e inatacables, por lo que el proceso electoral en ningún momento ha sido suspendido y se mantendrá como está previsto en la Constitución“, resaltó el organismo judicial.

El Tribunal Electoral también subrayó que “la SCJN ordenó a los jueces de distrito corregir sus propias sentencias, tomando en cuenta lo razonado en la sesión de su pleno; es decir, que las suspensiones no proceden en materia electoral”.

Aclaró además que en ningún momento se revocaron las suspensiones dictadas por jueces de distrito. “En este caso, se aplicó el artículo 41 de la Constitución, que establece claramente que en materia electoral no proceden los amparos, por lo que no es posible frenar un proceso democrático de elección.

El TEPJF seguirá actuando como la máxima instancia en materia electoral, de manera independiente y sin admitir la intervención de ninguna otra autoridad judicial”, aseguró.

Con información de López-Dóriga Digital