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Sentencian a 52 años de cárcel a General del Ejército por tortura

Un juez sentenció a 52 años y medio de prisión a un general del Ejército Mexicano por ordenar la tortura de un sospechoso y quemar después su cadáver. Se trata de una de las sentencias más largas contra un oficial de las fuerzas armadas de México.

Si bien el Consejo de la Judicatura Federal no quiso revelar el nombre, investigaciones periodísticas señalan que se trata del General de Brigada Diplomado del Estado Mayor Manuel de Jesús Moreno Aviña, quien pudo cometer abusos de manera sistemática entre 2008 y 2009, cuando estuvo al frente de la guarnición militar de Ojinaga, Chihuahua, según sus propios subalternos.

Dicho mando castrense, cuando ordenó la tortura, estaba adscrito como Comandante a la guarnición militar de Ojinaga, Chihuahua, se le acusa de haber impuesto un régimen de terror en la zona que incluyó múltiples ejecuciones, allanamientos, secuestros, así como tráfico de droga asegurada, indicaron fuentes del Poder Judicial Federal.

El Consejo dijo el jueves que la condena proviene de comprobarse la responsabilidad de Moreno Aviña en los delitos de tortura, homicidio calificado y violación a las Leyes de Inhumación en la modalidad de Destrucción de cadáver cometido en contra de una persona el 25 de julio de 2008.

Soldados bajo el mando del general detuvieron a un sospechoso de la muerte de un soldado y lo torturaron durante horas con descargas eléctricas hasta que murió. Luego llevaron el cuerpo del hombre a una hacienda y lo quemaron.

Previamente han sido sentenciados generales mexicanos por corrupción o por ayudar a narcotraficantes.

Las fuerzas armadas mexicanas han sido sacudidas en años recientes por acusaciones de tortura, abuso y ejecuciones. Por esa razón, el Juez condenó a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) a:

  • Brindar la atención médica y psicológica de los servicios sociales y de rehabilitación o tratamientos curativos necesarios para la recuperación de la salud, que hubieren requerido o requieran a quien acredite los derechos sucesorios de la ví­ctima, como consecuencia del delito.
  • Efectuar la declaración que restablezca la dignidad y reputación de la ví­ctima, a través de medios electrónicos o escritos, y;
  • Ofrecer una disculpa pública, la aceptación de responsabilidad, así como la garantía de no repetición, por virtud de que el delito se cometió por un servidor público.

En su sentencia, la autoridad jurisdiccional señala que se acreditó que la víctima fue detenida viva durante las primeras horas del 25 de julio de 2008, por elementos en activo de la Tercera Compañía de Infantería no Encuadrada en una ciudad de Chihuahua; posteriormente, fue llevado a las instalaciones de esa unidad, en donde en ventaja numérica de activos lo ataron y mojaron para aplicarle descargas de energía eléctrica en el cuerpo, con el propósito de obtener información respecto de la muerte de un militar, esto en presencia de diversos elementos castrenses quienes interrogaban a otros individuos, por orden del hoy sentenciado, mientras otros elementos daban seguridad a la víctima y sus codetenidos, prolongando los actos de tortura aproximadamente a las 9 de la mañana de esa fecha, lo que originó que falleciera a pesar de los primeros auxilios que le fueron proporcionados, a consecuencia muy probablemente de fibrilación ventricular y paro cardiorrespiratorio secundarios a descargas eléctricas.

Después, por órdenes directas del sentenciado, el cadáver de la víctima fue subido a un vehículo y transportado a un rancho en el que fue incinerado de manera clandestina; ello sin hacerlo del conocimiento de la autoridad ministerial correspondiente, aún a sabiendas que los mismos eran constitutivos de varios ilícitos.

En la resolución se condena al inculpado y a la Sedena al pago de la reparación del daño por un monto de 250 mil 470 pesos a favor de quien acredite los derechos sucesorios de la víctima.

Redacción.