Esta reforma fortalece los mecanismos de supervisión y control de toda la cadena de producción y comercialización de los hidrocarburos y petrolíferos
El Pleno del Senado de la República aprobó un dictamen que reforma cuatro marcos jurídicos fundamentales para el combate al delito de robo de combustible, conocido como la práctica del robo de combustible: el Código Fiscal de la Federación, la Ley Aduanera, el Código Penal Federal y la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos cometidos en materia de Hidrocarburos.
En sesión ordinaria de este martes, los senadores avalaron en lo general y en lo particular con 69 votos a favor, 18 en contra y dos abstenciones, una reforma integral en materia fiscal y penal, que fortalece los mecanismos de supervisión y control de toda la cadena de producción y comercialización de los hidrocarburos y petrolíferos, además de reforzar los supuestos y sanciones relativas a las conductas ilícitas que se presenten en dichas materias.
La presidencia de la Mesa Directiva informó de la reserva de los artículos 110 y 111 del Código Fiscal de la Federación, para su discusión en lo particular, por parte del senador sin partido Manuel Cárdenas Fonseca.
El Pleno rechazó la propuesta y aprobó en sus términos los artículos reservados.
La función de esta ley contra los ladrones de combustible es combatir el robo de petrolíferos e hidrocarburos que abarca eslabones de toda la cadena económica, desde la producción hasta el consumo. Además, permite la coordinación entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Al presentar el dictamen remitido al Ejecutivo federal, el presidente de la Comisión de Hacienda y Crédito Público del Senado, Manuel Cavazos Lerma, subrayó que la iniciativa hace obligatoria la necesidad de controles del volumen de entrada y salida en toda la cadena económica, lo que permitirá no sólo controlar que se venda litros de a litros, sino también la calidad del producto.
Hace obligatoria la contabilidad no sólo en las entradas y salidas de los hidrocarburos, desde la producción hasta el consumo, sino también de los comprobantes fiscales.
También permite visitas domiciliarias para comprobar que efectivamente se controlen volumétricamente las entradas y salidas para que se hagan los asientos contables y se contabilicen los comprobantes fiscales.
A quien cometa las infracciones relacionadas con la obligación de presentar declaraciones, solicitudes, documentación, avisos o información tendrá una multa de 35 mil a 61 mil 500 pesos, aumentando la multa de un millón a tres millones.
Se impondrá sanción de tres meses a tres años de prisión, a quien mediante cualquier medio físico, documental, electrónico, óptico, magnético suplante la identidad, representación o personalidad de un contribuyente y otorgue su consentimiento para llevar a cabo la suplantación de su identidad, incite a una persona física a inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes para utilizar sus datos de forma indebida.
Permite hacer muestras y análisis para comprobar la calidad del producto que se vende y modifica la Ley Aduanera para tener mejor control de las importaciones de gasolinas.
Se establecen nuevos delitos, sanciones y agravantes para los ya existentes, así como consecuencias jurídicas para los que colaboren con las conductas delictivas del robo de hidrocarburo.
Con información de Quadratín