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Seduvi modifica monto máximo de viviendas en Ciudad de México
Foto de archivo

El monto máximo de venta del Infonavit y Fovissste, para impulsar la construcción de vivienda para trabajadores derechohabientes de ambos organismos, ha sido modificado por la Secretaría de Desarrollo Urbano.

El monto máximo de venta por unidad de vivienda será de entre un millón 604 mil 132 pesos, un millón 831 mil 327 pesos para Infonavit, mientras que para Fovissste será de 981 mil 264 pesos.

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Foto de Expansión

El proyecto que se presente para construir vivienda deberá cumplir con las normas de ahorro de agua y energía en un 70 por ciento, lo cual deberá estar sustentado en los planos y las memores que suscriba el director responsable de obra.

Los trabajadores que gocen de créditos del Infonavit y/o Fovissste para edificar vivienda deberán ajustarse a los Lineamientos para la Aplicación de la Norma para Impulsar y Facilitar la Construcción de Vivienda para los Trabajadores Derechohabientes de los Organismos Nacionales de Vivienda en Suelo Urbano.

Dicha Norma deberá aplicarse exclusivamente en suelo urbano, en los predios que se encuentren ubicados al interior de las poligonales denominadas “zonas” o “corredores”, contenidos en el Plano E-4.

Ello, únicamente en zonificaciones con usos de suelo habitacional, con comercio, con oficinas, mixto y centro de barrio.

La Norma no aplicará en suelo de conservación; zonas de alto riesgo y/o vulnerabilidad; predios que no tengan acceso a la vía pública; los que se ubiquen en las poligonales denominadas “zonas” definidas en el Plano E-4, cuyo frente a vía pública sea menor a ocho metros de ancho.

Asimismo está prohibido en los predios que se ubiquen en las poligonales denominadas “corredores” definidas en el Plano E-4, cuyo frente a vía pública sea menor a 12 metros de ancho; predios cuya factibilidad de los servicios hidráulicos y sanitarios sea negativa; y los que se ubiquen fuera de las poligonales denominadas “zonas” o “corredores”, definidas en el Plano E-.

De igual forma, en los predios donde la vialidad de acceso no se apegue a lo establecido en la Norma General de Ordenación 17. “Vía Pública y Estacionamientos Subterráneos”.

De acuerdo con el documento de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda del gobierno capitalino, publicado en la Gaceta Oficial, los predios que se localicen en las poligonales denominadas “zonas” del Plano E-4, podrán incrementar un nivel adicional a los niveles máximos permitidos sin modificar el área libre mínima establecida por el Programa de Desarrollo Urbano.

Aquellos que se localicen en las zonas “corredores”deberán contar con nueve niveles de construcción obligatorios sin modificar el área libre mínima definida por la zonificación establecida en su respectivo Programa de Desarrollo Urbano.

El proyecto que se presente en la Seduvi deberá cumplir con las Normas de ahorro de agua y energía en un 70 por ciento, lo cual deberá estar sustentado en los planos y las memorias que suscriban tanto el Director Responsable de Obra (DRO) como el Corresponsable en Instalaciones (CI), mismos que deberán contar con Carnet vigente y proporcionar el número de cajón de estacionamiento.

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Foto de Viviendas MX

Se podrán construir los prototipos de las viviendas “A”, “B” y “C” que se requieran, siempre y cuando no rebasen el monto máximo autorizado.

También establecen entre otras especificaciones, los montos máximos de venta por unidad de vivienda concernientes al monto máximo de crédito tradicional que otorga el Infonavit y el Fovissste. La Seduvi emitirá el dictamen para la aplicación de la Norma.

Redacción