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Secretaría del Trabajo crea norma para trabajadores con discapacidad
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Con el fin de garantizar igualdad laboral, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) elaboró la Norma Oficial Mexicana NOM-034-STPS-2016-Condiciones de seguridad para el acceso y desarrollo de actividades de trabajadores con discapacidad en los centros de trabajo.

La dependencia federal expuso que aunque algunos aspectos en la materia ya los contempla la Norma Oficial 001-STPS-2008, el nuevo precepto pormenoriza las obligaciones del patrón, así como los elementos para su instrumentación en el ámbito de la seguridad y la salud en el trabajo.

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En un comunicado, la dependencia explicó que el patrón deberá establecer las acciones preventivas y correctivas que deben instrumentarse en cada área y elaborar un análisis para determinar la compatibilidad del puesto con la discapacidad que presenta el trabajador.

Mencionó que para cada puesto laboral debe considerarse la discapacidad del empleado, el área en la que se desempeña y los riesgos específicos asociados con la discapacidad del trabajador.

Así como las medidas de control técnicas o administrativas existentes, la evaluación de su efectividad y en su caso las medidas de control adicionales que el patrón determine para minimizar los riesgos.

Detalló que la nueva Norma Oficial establece colocar en los centros laborales señalización visual, auditiva y/o táctil que permitan el desplazamiento, la estadía y las acciones a seguir en caso de emergencia, según corresponda a la discapacidad de los trabajadores.

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También obliga a contar con un plan de atención a emergencias, con procedimientos de alerta, instrucciones para actuar en caso de contingencia, ubicación de rutas de evacuación, salidas y escaleras de emergencia.

Además, se deberá de identificar las zonas de menor riesgo y puntos de reunión, entre otros, para los trabajadores con capacidades diferentes.

De igual forma, deberán capacitar a los trabajadores con discapacidad, en la cual se considere información de los riesgos específicos a que puede estar expuesto en su lugar de trabajo y en las áreas contiguas, así como de las acciones y medidas preventivas instauradas.

Esa capacitación debe contemplar el contenido del plan de atención a emergencias y la manera en que estos trabajadores participarán en su ejecución.

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La STPS recordó que el patrón que incumpla con las normas de seguridad e higiene y las de prevención de riesgos laborales, la Ley Federal del Trabajo, en su artículo 994, prevé sanciones que van de 250 a cinco mil veces el salario mínimo.

Estas sanciones son equivalentes a 18 mil 260 hasta 365 mil 200 pesos conforme al valor de la nueva Unidad de Medida y Actualización (UMA), determinado por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI).

La NOM-034-STPS-2016 fue publicada en julio y entrará en vigor en septiembre.

Redacción