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SCJN niega amparo para comercializar mariguana medicinal
Foto de archivo

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió, por una mayoría de 6 votos, negar un amparo a una sociedad anónima para comercializar y desarrollar medicamentos hechos a base de cannabis y del psicotrópico THC.

Este día, el Pleno atendió una solicitud recibida por la Comisión Federal para la Protección Contra Riestos Sanitarios (Cofepris) por parte de una sociedad anómina, quien la pidió autorización sanitaria para la siembra, cultivo, cosecha, elaboración, preparación, acondicionamiento, adquisición, posesión, transporte, suministro, empleo, importación, exportación y, en general, cualquier comercialización de la cannabis y THC con fines medicinales.

Así, la autoridad negó dicha autorización destacando que todas esas actividades estaban prohibidas por la Ley General de Salud.

La Suprema Corte de Justicia determinó negar el amparo en revisión 547/2014, concluyendo que aunque el derecho a la salud es un derecho complejo, la quejosa no podía invocar, por las circunstancias particulares del caso, el referido derecho.

Por esa razón, el Pleno negó el amparo solicitado, sin pronunciarse sobre la prohibición absoluta del uso de mariguana medicinal en sentido alguno.

Redacción