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SAT amplía franquicia para mexicanos que regresan al país
Foto de SAT

A todos aquellos mexicanos que regresen al país entre el 1 de noviembre de 2015 y el 8 de enero de 2016, se les recuerda que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) aumentó el pago de franquicia de 300 a 500 dólares y la opción de pagar el impuesto correspondiente al excedente con tarjeta de crédito o débito.

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Foto de Panoramio.

La franquicia a la que tiene derecho cada integrante de la familia puede acumularse si viajan juntos en el mismo medio de transporte, excepto si son residentes de la franja o región fronteriza.

Otra facilidad importante es que también puede llenarse la Declaración de Aduana por internet, antes de llegar al país y entregarla en la aduana momento de cruzar a México.

Es importante recordar que toda persona que ingrese o salga de México y lleve consigo cantidades superiores o iguales  a los 10 mil dólares, deben declaradas.

Si regresan a México en un vehículo, el trámite de importación temporal se puede realizar antes de llegar a la aduana hasta con 60 días de anticipación a través de banjercito.com.mx y posteriormente cancelarlo, en la aduana, al volver al extranjero.

Además de la franquicia, algunos artículos que puedes ingresar al país sin pagar impuestos son mercancía que forma parte de tu equipaje personal, dos cámaras fotográficas o de videograbación, libros, revistas y documentos impresos, así como dos equipos deportivos personales, y hasta tres mascotas o animales de compañía.

Los adultos mayores y las personas con discapacidad pueden ingresar sin pagar impuestos los artículos que por sus características suplan o disminuyan sus limitaciones, tales como andaderas, sillas de ruedas, muletas y bastones.

Para mayores informes, puede consultar la página de internet sat.gob.mx, donde se encuentra la lista completa y detallada de artículos que se puede ingresar.

Redacción