Minuto a Minuto

Internacional Venezuela ofrece 100 mil dólares por información sobre el paradero de González Urrutia
González Urrutia, quien se encuentra exiliado en España, ha prometido regresar a Venezuela para juramentar como presidente
Nacional Matan al boxeador Roberto ‘Gallo’ Tamayo en Sonora
El cuerpo del boxeador Roberto 'Gallo' Tamayo tenía impactos de bala y fue abandonado en un terreno de Ciudad Obregón
Entretenimiento Orden de caprura contra esposa de Daddy Yankee queda sin efecto tras entregar información
La todavía esposa de Daddy Yankee, Mireddys González, y su hermana Ayeicha González, entregaron documentos de las dos empresas del artista
Nacional Guardia Nacional refuerza la frontera sur por migración y narco
La Guardia Nacional incrementa en Chiapas sus actividades de proximidad y acercamiento social, al tiempo que refuerza la seguridad
Nacional México arrancó el 2025 con 60 homicidios dolosos
Dicha cifra preliminar de homicidios fue detallada en el informe diario de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC)
Renuncia Eduardo Medina Mora a la SCJN
Foto de Internet

El ministro Eduardo Medina Mora presentó su renuncia a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

La renuncia de Medina Mora es considerada un hecho inédito desde la reforma constitucional de 1994, en la cual se creó la actual Suprema Corte.

Medina Mora ingresó como ministro de la Suprema Corte en marzo de 2015 y su periodo terminaba en el 2030.

De acuerdo al artículo 98 de la Constitución, las renuncias de los ministros de la Suprema Corte solo pueden ser por causas graves, además de que tienen que ser aceptadas por el presidente de la República, quien luego de hacerlo tiene que mandarla al Senado de la República para su aprobación.

En dicho artículo se detalla que cuando la falta de un ministro excediere de un mes, el presidente de la República someterá el nombramiento de un ministro interino a la aprobación del Senado, observándose lo dispuesto en el artículo 96 de esta Constitución.

“Si faltare un Ministro por defunción o por cualquier causa de separación definitiva, el Presidente someterá un nuevo nombramiento a la aprobación del Senado, en los términos del artículo 96 de esta Constitución”, se apuntó en el artículo 98.

El artículo 96 Constitucional detalla que “para nombrar a los ministros de la Suprema Corte de Justicia, el presidente de la República someterá una terna a consideración del Senado, el cual, previa comparecencia de las personas propuestas, designará al ministro que deba cubrir la vacante”.

SCJN en espera de la confirmación de renuncia de Medina Mora

La Suprema Corta de Justicia de la Nación dio a conocer a través de su cuenta de Twitter que están a la espera de la confirmación de la renuncia del ministro Eduardo Medina Mora.

“En relación con la renuncia del Ministro Eduardo Medina Mora, esta oficina de comunicación social no cuenta con elementos para confirmarla y se mantiene a la espera del trámite que, en su caso, realice el Poder Ejecutivo y el Senado de la República, en término del artículo 98 constitucional“, indica el comunicado.

Con información de López-Dóriga Digital