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Rechazan extraditar a excolaborador de Javier Duarte

La Audiencia Nacional española rechazó este miércoles la extradición del ciudadano Javier Nava Soria a México, donde se le reclama por delitos de delincuencia organizada y lavado de dinero, cometidos presuntamente junto al detenido exgobernador de Veracruz, Javier Duarte.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal tomó esta medida al no constar en la documentación para solicitar la extradición “hecho alguno cuya comisión se atribuya personal y directamente” al reclamado, indicó la instancia judicial en una nota informativa.

Nava Soria, que compareció ante el juez el pasado 21 de septiembre en una vista sobre la solicitud de extradición, fue detenido el pasado 19 de abril en la provincia de Barcelona a petición de la justicia mexicana.

“Este Tribunal constata que en ninguno de los documentos aportados en la documentación extradicional, ni en la orden de aprehensión, ni en la solicitud formal de extradición, ni ninguno de los anexos documentales se relaciona hecho que se atribuya al hoy reclamado”, concluyeron los magistrados españoles.

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Javier Duarte. Foto de Internet

La documentación aportada incluye un “detallado examen de los indicios aportados en la orden de detención en la que aparecen los certificados parcelarios, contratos de enajenación, recibos relacionados con dichas operaciones, copias notariales”.

Asimismo, “relación de pagos, operaciones bancarias, envíos de dinero, declaración de Hacienda o testimonios de otros encausados”, pero en ellos “no aparece el nombre del reclamado ni se imputa su intervención en ninguna de las transacciones”.

Los magistrados asentaron en su resolución que incluso la consideración cuarta de la orden de detención referida a “probabilidad del que el imputado cometió el referido delito”, está referida a Javier Duarte y no a Javier Nava Soria.

“En definitiva, este Tribunal no ha encontrado en la documentación extradicional hecho alguno que se impute al reclamado Javier Nava Soria”, mencionaron.

Aclararon que si bien los documentos califican los delitos, el tribunal español “no puede verificar si concurren en el caso los principios de doble incriminación y mínimo punitivo”.

La resolución, que deja sin efecto las medidas cautelares acordadas en el procedimiento extradicional, puede ser impugnada ante el Pleno de la Sala de lo Penal.

Redacción