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PGR publica reglas de recompensa por El Chapo
La PGR desistió en su inconformidad por el amparo a Mireles. Foto de archivo

En el Diario Oficial de la Federación (DOF), la PGR publicó el acuerdo específico en el que se ofrece una recompensa de hasta 60 millones de pesos a aquella persona que proporcione información veraz que lleve a la recaptura de El Chapo Guzmán.

La PGR especifica que la entrega de la recompensa no aplica a los servidores públicos con funciones relacionadas con la seguridad pública, la administración de justicia, y la ejecución de sanciones penales.

Joaquín Guzmán Loera cuenta con una orden de aprehensión realizada en su contra por autoridades federales, así como una orden de localización y presentación que emitió el Ministerio Público de la Federación.

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La PGR ofrece 60 millones de pesos como recompensa. Foto de EFE.

En el acuerdo se especifica que por razones de seguridad y para evitar filtraciones que pongan en riesgo las investigaciones, se decidió omitir los datos de identificación de los procedimientos penales en los que se han librado las órdenes judiciales y ministeriales respectivas, así como también de las autoridades correspondientes.

Cualquier información que sea proporcionada por algún ciudadano, será recibida por los siguientes medios:

  • Directamente en Av. Paseo de la Reforma, No 75, Primer Piso, Col. Guerrero, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06300.
  • En la dirección de correo electrónico: [email protected]
  • En los teléfonos (55) 5346 15 44 y (55) 5346 0000, extensión 4748, en la Ciudad de México. Así como en el 01800 831 3196 en el interior de la República.

La SEIDO va a designar a un servidor público que estará encargado de recibir la información y mantener la comunicación permanente con la persona que la haya aportado, con el fin de aclararla o complementarla.

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Hay funcionarios públicos que no pueden ser acreedores a esta recompensa.

Además, la Subprocuraduría deberá asignar un número confidencial que tendrá carácter de personal e intransferible. En todo momento se deberá levantar acta de la comunicación y de todo su contenido.

Toda la información que sea aportada, el número de identificación confidencial, y los datos personales de quien la haya proporcionado, se clasificarán como información estrictamente reservada y confidencial.