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Negociaciones ‘oscuras’ entre particulares y candidatos serán castigadas con cárcel
Foto: Internet.

El Código Penal Federal tipificará como delito de cohecho, con cárcel de hasta 14 años, que los particulares negocien prebendas con algún candidato, su equipo campaña, familiares o alguna persona cercana y llevarlas a cabo en el momento en que se gane una elección.

Por primera vez, la Ley General de Responsabilidades Administrativas ya faculta a la Secretaría de la Función Pública para castigar a los particulares que realicen algún tipo de negocio o acto de impunidad con los candidatos a algún puesto de elección federal, y aunque solo puede aplicar penas administrativas, sí puede hacer acusaciones en materia penal.

Dicha Ley creada en 2016, señala que los “Particulares en Situación Especial” se sancionará de acuerdo al artículo 52 de dicha legislación.

“Incurrirá en cohecho el servidor público que exija, acepte, obtenga o pretenda obtener, por sí o a través de terceros, con motivo de sus funciones, cualquier beneficio no comprendido en su remuneración como servidor público, que podría consistir en dinero; valores; bienes muebles o inmuebles, incluso mediante enajenación en precio notoriamente inferior al que se tenga en el mercado; donaciones; servicios; empleos y demás beneficios indebidos para sí o para su cónyuge, parientes consanguíneos, parientes civiles o para terceros con los que tenga”, dice la Ley.

Negociaciones ‘oscuras’ entre particulares y candidatos serán castigadas con cárcel - Negociación
Foto: Internet

Según el Código Penal Federal, en su artículo 222, el cohecho se castiga de tres a dos años de prisión, con muta de 30 a 100 días, cuando “la cantidad o el valor de la dádiva, de los bienes o la promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable”.

Sin embargo, el Código Penal Federal deja en claro que cuando “la cantidad o el valor de la dádiva, de los bienes, promesa o prestación exceda de quinientas veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos a catorce años de prisión y de cien a ciento cincuenta días multa”.

El Código también detalla que a los acusados de cohecho no les serán devueltas el dinero o dádivas entregadas, “ya que las mismas se aplicarán en beneficio del Estado”.

Con información de Excélsior