Minuto a Minuto

Internacional Papa Francisco anima a los gobernantes a “abrir puertas de paz” con el diálogo
El papa Francisco lamentó que las guerras sean "muchas" y aludió especialmente a Ucrania y a Tierra Santa
Deportes Verstappen se corona en GP de Emilia Romagna; ‘Checo’ Pérez terminó octavo
El mexicano 'Checo' Pérez finalizó en octavo lugar el GP de Emilia Romagna, mientras que su compañero de fórmula, Max Verstappen, se coronó campeón
Internacional Helicóptero del presidente de Irán realiza aterrizaje forzoso; se desconoce paradero del mandatario
Autoridades de Irán se encuentran en la búsqueda del presidente Ebrahim Raisí, después de que el helicóptero en el que viajaba hiciera un aterrizaje forzoso
Internacional Arrancan en República Dominicana las elecciones legislativas y presidenciales
Nueve candidatos se disputan la Presidencia de República Dominicana, entre ellos el actual jefe de Estado, Luis Abinader, quien aspira a la reelección
Nacional Obispo denuncia que el crimen organizado busca influir en las elecciones
Mons. Ramón Castro Castro aseguró tener información de que el crimen organizado está tratando de organizar e influir en las elecciones
Negar preliberación a secuestradores no es inconstitucional: SCJN
Foto de Archivo

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que en caso de condena por el delito de secuestro no proceden los beneficios de preliberación ni de reducción de condena, porque no es una obligación constitucional.

El Pleno de la Primera Sala resolvió el amparo en revisión 1074/2017, presentado por la ponencia del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, en el que determinó que la negativa a otorgar dichos beneficios no vulnera la dignidad humana, las garantías de igualdad y no discriminación, ni el derecho fundamental a la reinserción social, ni impone una doble sanción.

Los ministros determinaron que en efecto, no se opone a la previsión contenida en el Artículo 18 constitucional, porque la concesión de los beneficios preliberacionales, no es una obligación constitucional.

Negar preliberación a secuestradores no es inconstitucional: SCJN - secuestro1
Foto de NVI

Se trata de una facultad para el legislador ordinario, quien por razones de política criminal consideró que no en todos los casos debían concederse dichos beneficios, a fin de desalentar ciertas conductas, o en su defecto, lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir.

Así, los condicionamientos que se imponen, se insertan en el marco de política criminal que el artículo constitucional citado delega al legislador para determinar en qué casos no deben concederse dichos beneficios.

La norma tildada de inconstitucional no vulnera la garantía de igualdad, porque permite tratar del mismo modo a los sentenciados que se ubican en la misma hipótesis normativa o que resultaron responsables del mismo ilícito penal, además de ser congruente con los fines perseguidos por la reinserción social.

Tampoco constituye una discriminación por exclusión que atente contra los derechos fundamentales, pues se justifica objetiva y razonablemente en la mayor relevancia penal de las conductas delictivas allí previstas. Ni impone una doble sanción, pues solo establece que en caso de condena por dicho delito no proceden los beneficios preliberacionales.