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Tipificar y mantener feminicidio debe tener agravante y penalidad más alta, afirma FGR
Foto de EFE

La Fiscalía General de la República (FGR) aseguró que eliminar el feminicidio como delito, podría aumentar el número de sentenciados.

Afirmó, en un comunicado, que para hacer frente a la incidencia de feminicidio y para lograr una mejor defensa de las mujeres, la Fiscalía propone “la penalidad más alta para este delito, para que sea de 40 a 70 años, superior a la que se aplica al homicidio calificado o agravado”.

Durante la reunión plenaria de los diputados federales de Morena, realizada el pasado 29 de enero en el Palacio Legislativo de San Lázaro, el fiscal Alejandro Gertz Manero planteó eliminar el delito de feminicidio.

Argumentó la dificultad que representa para el Ministerio Público acreditarlo.

En un comunicado emitido este 4 de febrero, la FGR abundó que actualmente, el Artículo 325 del Código Penal Federal pide siete condiciones, requisitos y circunstancias “que complican inútilmente” la judicialización de un delito por razones de género:

Comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género. Se considera que existen razones de género cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:

I. La víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo;

II. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia;

III. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima;

IV. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza;

V. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima;

VI. La víctima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida;

VII. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

El mismo artículo señala que quien incurra en dicho delito podría recibir de 40 a 70 años de cárcel, además de imponérsele una multa de entre 500 y mil días.

Pero, de no acreditarse el feminicidio, se aplicarán las reglas del homicidio, que en el Artículo 320 del Código Penal Federal establecen que “al responsable de un homicidio calificado se le impondrán de 30 a 60 años de prisión”.

La apuesta de la FGR es que con la eliminación del delito de feminicidio, todo el homicidio contra una mujer tenga como sentencia hasta 70 años de cárcel.

“Esta es la tesis que estamos sosteniendo, todo ello en favor de las mujeres que son víctimas; para que cuenten con un tipo penal sencillo, eficiente y de la más alta sanción, para lograr la defensa de su vida y la protección de su integridad”, señaló la Fiscalía.

La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) emitió una recomendación general, en la que explica el feminicidio en México y propone acciones para el fortalecimiento de mecanismos y dispositivos legales, a fin de que se conviertan en propuestas de políticas públicas efectivas, con perspectiva de género y de derechos humanos.

En cifras, la CNDH expuso que de enero a septiembre de 2019 se registraron 726 feminicidios y dos mil 107 homicidios dolosos de mujeres, es decir, 10.5 mujeres fueron asesinadas cada día.

Datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP) exponen que desde que se incluyó el feminicidio en su base de datos, en 2015, dicho delito creció a la fecha 137.5 por ciento.

Aunque el feminicidio está considerado en los códigos penales de 28 estados y en el régimen federal, solo se ha declarado la Alerta de Género en 20 entidades.

Con información de López-Dóriga Digital