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López Obrador crea comisión para verificar el cumplimiento y aplicación de la Ley de Amnistía
Imagen ilustrativa de esposas y expediente delictivo. Foto de Unsplash

Este jueves, el Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó el acuerdo que establece la creación, por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador, de una comisión para verificar el cumplimiento y aplicación de la Ley de Amnistía.

“El artículo 3 de la Ley de Amnistía, establece que el Ejecutivo Federal integrará una Comisión que coordinará los actos para dar cumplimiento y vigilar la aplicación de dicha ley”, señala el DOF.

La comisión tendrá por objeto coordinar los actos para dar cumplimiento y vigilar la aplicación de la Ley de Amnistía; así como para determinar la procedencia del beneficio y someter su decisión a la calificación de un juez federal.

Olga Sánchez Cordero, secretaria de Gobernación, presidirá la Comisión de Amnistía que está integrada por los titulares de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana, Alfonso Durazo Montaño; Secretaría de Bienestar, María Luisa Albores; Instituto Nacional de las Mujeres, Nadine Gasman; y el Instituto Nacional de los Pueblos Indígenas, Adelfo Regino.

Los miembros de la Comisión de Amnistía tendrán voz y voto y designarán a sus respectivos suplentes, quienes deberán tener un nivel jerárquico inmediato inferior al de ellos, señala el DOF.

Los miembros de la Comisión de Amnistía ejercerán sus cargos a título honorífico, por lo que no recibirán retribución, emolumento, ni compensación por su participación, detalla.

La Comisión de Amnistía contarán con una Secretaría Técnica, la cual convocará a las sesiones ordinarias y extraordinarias, elaborará el acta y los acuerdos de cada la sesión, recabará la firma de los miembros de la comisión; y generará los reportes e informes de las acciones realizadas por la comisión.

La Ley de Amnistía abordará los casos de personas acusadas de aborto, homicidio por razón de parentesco, robo simple y sin violencia. También los delitos relacionados a personas pertenecientes a pueblos indígenas y comunidades que no hayan accedido a la jurisdicción del Estado.

La Comisión de Amnistía deberá quedar integrada y celebrará su primera sesión en un plazo no mayor a setenta y dos horas contadas a partir de la entrada en vigor del presente acuerdo, señala el DOF.

DOF - Comisión de Amnistía

Con información de López-Dóriga Digital