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Listo dictamen para castigar usurpación de identidad

El pleno de la Cámara de Diputados conoció para trámite de publicidad dos dictámenes que serán discutidos y votados en próxima sesión.

Uno adiciona un Artículo 430 al Código Penal Federal, para incluir un capítulo en materia de usurpación de identidad.

Se establece que comete este delito, el que por sí o por interpósita persona, usando cualquier medio lícito o ilícito, se apodere, apropie, transfiera, utilice o disponga de datos personales sin autorización de su titular o bien suplante la identidad de una persona, con la finalidad de cometer un ilícito o favorecer su comisión.

Plantea imponer una pena de uno a seis años de prisión y de 400 a 600 días multa y, en su caso, la reparación del daño que se hubiera causado, a quien cometa el delito de usurpación de identidad.

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Imagen de Internet

Las penas aumentarán hasta en una mitad, cuando el ilícito sea cometido por servidor público que, aprovechándose de sus funciones, tenga acceso a bases de datos o por quien se valga de su profesión para ello.

El segundo dictamen reforma la fracción XI del Artículo 4, y el cuarto párrafo del Artículo 18 de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas, para considerar la formación de recursos humanos y redes de conocimiento para la generación de empresas semilleras nacionales con apoyo de Instituciones de Enseñanza Superior y Tecnológica y Centros de Investigación.

Para ello, se establece que es atribución de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación: promover y apoyar la conformación y consolidación de empresas nacionales productoras y distribuidoras de semillas.

También, deberá incluir en los programas para el desarrollo de la investigación, capacitación, extensión y vinculación en materia de semillas, la formación de redes de conocimiento.

Redacción