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INE prohíbe usar nombre de AMLO en entrega de programas sociales
En la foto, las instalaciones del INE. Foto de Notimex / Archivo

El Instituto Nacional Electoral (INE), a través de la Comisión de Quejas y Denuncias, ordenó la suspensión inmediata del uso del nombre del presidente Andrés Manuel López Obrador en la indumentaria que usen los servidores públicos o personas que participen en levantamiento de censos o entrega de beneficios de programas sociales.

Por medio de un comunicado, el INE informó que dicha comisión declaró procedente la adopción de medidas cautelares, solicitadas por el Partido de la Revolución Democrática (PRD) por la presunta violación a los principios rectores del proceso electoral, así como el presunto uso de recursos públicos, derivado de la promoción del nombre, imagen y logros del mandatario, por medio de la indumentaria usada durante la entrega de becas a estudiantes y apoyos económicos a personas con alguna discapacidad y a adultos mayores.

Señaló que en sesión extraordinaria, con el voto de los consejeros Claudia Zavala, Adriana Favela y Benito Nacif, la Comisión de Quejas y Denuncias concluyó otorgar las medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva.

Por lo anterior, “se ordenó la suspensión inmediata del uso del nombre del presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Andrés Manuel López Obrador, en la indumentaria y accesorios (chalecos, gorras, mochilas, gafetes y cualquier otro) utilizados por las y los servidores públicos o personas que participen en levantamiento de censos o entrega de beneficios de programas sociales, así como para que se abstengan de señalar, sugerir o mencionar que dichos programas y sus beneficios derivan de instrucciones, compromisos o patrocinios del presidente de México”.

Lo anterior luego de que se constatara que servidores públicos realizan funciones de levantamiento de censo y entrega de programas sociales portando ropa y accesorios con el nombre del jefe del Ejecutivo, “de igual manera se desprende que en dichos actos se ha hecho mención de este servidor público (López Obrador) como benefactor o persona que ha instruido u ordenado la entrega de los beneficios sociales”.

La Comisión de Quejas del INE resolvió por ello que los actos referidos podrían violar el artículo 134 Constitucional y constituir promoción personalizada, particularmente y de manera destacada, del presidente de México.

Además, se determinó que podría haber un quebrantamiento de los principios de imparcialidad, equidad y neutralidad que deben observarse al ejecutarse o implementarse los programas sociales.

Sobre la “propaganda” alojada en redes sociales y sitios web de diferentes servidores públicos, se decidió  declarar procedente la medida cautelar y ordenó el retiro de las publicaciones denunciadas, en un plazo no mayor a doce horas, así como abstenerse de realizar publicaciones de similar naturaleza.

La comisión ordenó que la Secretaría de Bienestar y el coordinador general de Programas Integrales de Desarrollo informen de manera inmediata dicha resolución a los servidores públicos mencionados, en un plazo no mayor a 48 horas.

Dentro del mismo plazo, los delegados y subdelegados estatales de Programas para el Desarrollo, coordinadores y subcoordinadores regionales de Programas para el Desarrollo informarán de inmediato la presente determinación.

Por otra parte, la Comisión de Quejas declaró improcedente la adopción de medidas cautelares, referentes a la propaganda alojada en páginas de Internet de los ayuntamientos de Tecámac y Cuautitlán Izcalli en el Estado de México, pues, de un análisis preliminar del material denunciado, los mensajes giran en torno a la entrega de Becas para el Bienestar “Benito Juárez” y de Tarjetas de Bienestar a adultos mayores, respectivamente, por parte del gobierno Federal, y no a título personal de Andrés Manuel López Obrador.

Con información de López-Dóriga Digital