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Inconstitucional, Ley de Seguridad Interior: SCJN
Foto de Cuartoscuro

Con 9 votos a favor, uno en contra y una abstención, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalida la Ley de Seguridad Interior.

En la sesión pública del pasado martes, los ministros Eduardo Medina, José Ramón Cossío, Arturo Zaldívar, Norma Piña, Alberto Pérez Dayán y Javier Laynez se pronunciaron por la inconstitucionalidad total de esa legislación.

Cabe recordar que  federales e instituciones de derechos humanos presentaron acciones de inconstitucionalidad de dicha ley.

Aun cuando no se ha llevado a cabo la votación de esta normatividad, seis de los 11 ministros que conforman el Pleno del Alto Tribunal ya fijaron su postura en contra, por lo que solo hace falta que dos ministros más se sumen para que se declare inconstitucional.

El único ministro que se ha pronunciado a favor de la constitucionalidad de esta Ley es Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien fue quien elaboró el proyecto de sentencia que fue presentado al colegiado y que es el que continúa en discusión en la sesión de este jueves.

Las acciones de inconstitucionalidad 6/2018 y sus acumuladas 8/2018, 9/2018, 10/2018, 11/2018, 16/2018 y 21/2018, fueron promovidas por diputados federales y senadores.

Asimismo, por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), el partido Movimiento Ciudadano (MC), la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), y la Defensoría de los Derechos Humanos del Estado de Querétaro.

Del mismo modo, la Comisión Estatal de Derechos Humanos del Estado de Jalisco, todos los cuales demandaron la invalidez del Decreto por el que se aprueba la Ley de Seguridad Interior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de diciembre de 2017.

Los nueve votos por la inconstitucionalidad

José Franco González

Ya en la sesión de este jueves, el ministro José Franco se manifestó en contra de la Ley de Seguridad Interior.

Franco González afirmó que la Ley de Seguridad Interior es inconstitucional porque el Congreso no tiene facultad para expedirla.

Añadió que la facultad del artículo 89 constitucional otorgada al Poder Ejecutivo debe, además, respetar los derechos humanos.

Margarita Luna Ramos

Al tomar la palabra, la ministra Margarita Luna Ramos afirmó que vota en contra de la constitucionalidad de la ley, con lo que se reunirían los 8 votos para declarar la inconstitucionalidad.

Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena

Por su parte, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena sostuvo durante su manifestación, la competencia del Congreso para la creación de la Ley, aunque indicó la preocupación de la posible colisión de la misma con las normas de rango constitucional, específicamente lo referido en el artículo 21.

“La garantía del artículo 21 es parámetro de regularidad constitucional”, refirió, manifestando, así, su voto en contra de la constitucionalidad de la ley.

Luis María Aguilar

Por último, el ministro presidente Luis María Aguilar, afirmó que  el Congreso sí tiene facultad para regular sobre seguridad interior. No obstante, la situación de militarización en México no debe normalizarse.

“Me inclinaré por pronunciarme por la invalidez de la norma, pero reconociendo la facultad del Congreso para legislar”, por lo que emitió su voto a favor de declarar inconstitucional la Ley de Seguridad Interior.

Jorge Pardo Rebolledo

El entonces único ministro que se había pronunciado a favor de la constitucionalidad de esta Ley había sido Jorge Mario Pardo Rebolledo.

“La conclusión es que no se cuenta con las facultades para expedir en el Congreso una legislación muy necesaria”, refirió.

Con información de López-Dóriga Digital