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Inai puede calificar información sobre delitos graves de derechos humanos: SCJN
Foto de Notimex

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) tiene la facultad para decidir si una petición corresponde a violaciones graves a derechos humanos o delitos de lesa humanidad.

De esta forma fueron ratificados los dos amparos concedidos a la organización Artículo 19 y a la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho, quienes buscan tener acceso a las investigaciones sobre la masacre de migrantes en San Fernando, Tamaulipas, y el asesinato de 49 personas en Cadereyta, Nuevo León.

El Pleno de la SCJN apuntó que la autoridad correspondiente no puede reservar información sobre las citadas investigaciones de este tipo de casos, ya que se busca la verdad de los hechos.

“Una supuesta protección de datos o de confidencialidad, que está prohibida por el propio artículo 14, vendría a frustrar el conocimiento de la verdad de las personas, de los ciudadanos sobre este tipo de eventos de extraordinaria relevancia y gravedad para la sociedad, que deben ser inadmisibles, que deben ser desterrados de la vida pública del país”, apuntó el ministro presidente, Arturo Zaldívar.

“Y consecuentemente, en mi opinión, la ley es muy clara cuando estamos en estos supuestos, el acceso es completo, no hay datos personales que valgan, no hay versiones públicas que valgan”, apuntó Zaldívar Lelo de la Rea

Con información de Excélsior