Los conductores que manejen bajo los influjos del alcohol o drogas deberán cumplir forzozamente horas de arresto en ‘El Torito’ para recuperar el vehículo
A partir de este jueves en la Ciudad de México, para recuperar un auto llevado al corralón por conducir en estado de ebriedad será obligatorio cumplir horas de reclusión en ‘El Torito‘.
Las secretarías de Movilidad y de Seguridad Ciudadana, encabezada por Omar García Harfuch, realizaron cambios al Reglamento de Tránsito, publicados en la Gaceta Oficial.
En el Artículo 50 se establece que queda prohibido conducir con un nivel de alcohol en sangre superior a 0.8 gramos por litro o de alcohol en aire espirado superior a 0.4 miligramos por litro.
Tampoco se podrá manejar bajo el influjo de narcóticos, estupefacientes o psicotrópicos.
En caso de violar dicha disposición se sancionará con arresto administrativo inconmutable de 20 a 36 horas, mismo que se tendrá que cumplir por completo para la devolución del vehículo llevado a algún depósito.
También se penalizará al infractor con seis puntos de la licencia de conducir.
Cuando el vehículo decomisado no pertenezca al infractor, el dueño deberá igualmente someterse al arresto administrativo. En caso de no presentarse dentro de los 30 días posteriores a la imposición de la infracción deberá cubrir una multa equivalente a 5 mil 377 pesos para recuperar la unidad.
Solo integrantes de la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) podrán someter a conductores a un examen para verificar que no manejen bajo los influjos del alcohol o drogas en puntos de revisión establecidos del programa Conduce sin Alcohol.
Con información de López-Dóriga Digital