En la edición vespertina del 31 de diciembre, el Gobierno federal publicó la reforma sobre prisión preventiva oficiosa
El Gobierno de México publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la reforma sobre prisión preventiva oficiosa.
En el decreto, firmado por la presidenta Claudia Sheinbaum publicado en la edición vespertina del DOF del 31 de diciembre, se oficializa la reforma al segundo párrafo del artículo 19 de la Constitución.
En la reforma, se establece que los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa son los siguientes:
- Abuso o violencia sexual contra menores.
- Delincuencia organizada.
- Extorsión.
- Producción, trasiego y venta de fentanilo.
- Homicidio doloso.
- Feminicidio.
- Violación.
- Secuestro.
- Trata de personas.
- Robo de casa habitación.
- Uso de programas con fines electorales.
- Enriquecimiento ilícito.
- Robo al transporte de carga.
- Delitos en materia de hidrocarburos.
- Desaparición forzada.
- Uso de armas exclusivas del Ejército.
La medida entrará en vigor a partir de mañana; mientras que el Congreso tiene un plazo de 180 días para armonizar el marco jurídico de las leyes sobre la materia.
Con información de López-Dóriga Digital