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Gasolineros dan postura sobre clientes que no pagan precio completo de la gasolina

El viernes pasado, empresarios que conforman el grupo G500, dedicado a la distribución de combustible en el país, se reunieron para dar a conocer una postura respecto a un incidente que han estado experimentando a raíz del incremento en el precio de las gasolinas.

Principalmente en la Ciudad de México, algunos clientes han decidido no pagar la totalidad del costo del combustible argumentando la inconstitucionalidad de los impuestos que se incluyen. En su lugar, proponen que se desglose el Impuesto Especial a Productos y Servicios (IEPS) e Impuesto al Valor Agregado (IVA) y se descuenten dichos montos del total del consumo.

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Foto de archivo

Al respecto, el grupo empresarial citado ha presentado la siguiente notificación a la población en general:

Por disposición de ley, con base en el ACUERDO por el que se dan a conocer las regiones en que se aplicarán precios máximos al público de las gasolinas y el diésel, así como la metodología para su determinación, publicado en el Diario Oficial de la Federación por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de fecha 27 de diciembre del 2016, el Código Fiscal de la Federación y Ley del IEPS, se determina lo siguiente:

  • El precio a la venta incluye los impuestos determinados por la autoridad correspondiente, dentro de estos se incluye el IEPS el cual, por ley, en ningún caso se podrá desglosar de forma expresa y por separado.
  • Los precios son determinados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y las devoluciones de impuestos se deben tramitar ante el SAT.
  • El amparo es un acto jurídico que protege al amparado ante una disposición de la autoridad. La estación de servicio en la que usted realiza el consumo no es autoridad y tiene la obligación de cobrar el precio mostrado.
  • No seremos objetivo de hostigamientos, provocaciones ni discusiones. En caso de ser necesario tomaremos información que nos permitirá identificarlo (nombre, automóvil, placas y particulares) para su denuncia ante las autoridades.
  • No importa el documento que presente (carta inconformidad, documento solicitud de amparo, solicitud de amparo con sello de recibido por una autoridad, documento con un acuerdo admisorio firmado por autoridad del Poder Judicial de la Federación) no existe ningún supuesto en el que se aplique el descuento o pago menor.
  • El consumidor que no realice el pago completo por el monto despachado alegando “el no pago de impuestos” está cometiendo un delito el cual será reportado a las autoridades, y nos veremos en la penosa necesidad de denunciarlo.

Con información de Quadratín