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Este lunes fue publicada la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos con la que se impide que ningún funcionario gane más que el presidente de México.

Mario Delgado, coordinador de Morena en la Cámara de Diputados, aseguró que les urgía publicar la también llamada “Ley de salarios máximos” para establecer en el Presupuesto de 2019 el nuevo sueldo de los servidores públicos.

Agregó además que en las próximas sesiones ordinarias del Congreso de la Unión, serán corregidos los “pequeños errores” de forma que presenta la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos.

Explicó que la minuta fue aprobada por el Senado hace más de seis años, pero en ese tiempo los legisladores la congelaron y se venció el plazo para dictaminarla, por lo que la LXIV Legislatura aplicó una disposición en el reglamento de la Cámara de Diputados, que permite al presidente en San Lázaro publicarla de inmediato

Tras ser publicada en el Diario Oficial de la Federación, la nueva ley aplicará a partir del 1 de enero de 2019. Hasta el momento se sabe que Andrés Manuel López Obrador cobrará 108 mil pesos mensuales como presidente.

“Ningún servidor público recibe una remuneración o retribución por el desempeño de su función, empleo, cargo o comisión mayor a la establecida para el Presidente de la República en el Presupuesto de Egresos de la Federación”, señala el DOF.

La ley se publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación con algunos errores naturales de forma que serán corregidos en los próximos días, aunque Delgado Carrillo insistió durante la entrevista que revisaron que no tuviera nada grave que infringiera la aplicación de la ley.

La minuta se aprobó de inmediato porque era necesario aplicarla en cuanto antes para ajustar los sueldos de los funcionarios públicos, el retiro de las pensiones a los expresidentes de la República, y debido a que ya se está elaborando el Presupuesto de Egresos 2019 y tiene que incluir las nuevas normas que impulsará el gobierno entrante.

En el decreto se señala que este entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, y que “Al momento de la entrada en vigor de la presente Ley quedan sin efectos todas las disposiciones contrarias a la misma”.

Con información de López-Dóriga Digital