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Diputados avalan sancionar con cárcel a quien adultere tabaco
Cámara de Diputados. Foto de @MX_Diputados

Por unanimidad, la Cámara de Diputados aprobó una minuta del senado para castigar hasta con nueve años de cárcel y multa económica a quien adultere, falsifique, contamine o permita la alteración de cualquier producto del tabaco.

El documento, avalado con 360 votos a favor y sin cambios, fue enviado al Senado para sus efectos constitucionales.

Esta modificación también impone sanciones a quien introduzca al país, exporte, almacene, transporte, expenda, venda o de cualquier forma distribuya productos de tabaco ilícito.

Diputados avalan sancionar con cárcel a quien adultere tabaco - cigarros-II
Foto de internet

La condena de cárcel y multa de hasta 100 mil UMA se aplicarán en los términos que se definen en la presente ley y en la Ley General de Salud.

La reforma que adiciona el título octavo “De los delitos”, además de los artículos 56 y 57 de la Ley General para el Control del Tabaco, establece normas y competencias para distintos órganos para el combate general y prevención de la producción ilícita y comercio ilegal de productos del tabaco.

“A quien, por sí o a través de otra persona, introduzca al país, exporte, almacene, transporte, expenda, venda o de cualquier forma distribuya productos de tabaco de los que hace mención esta ley, adulterados, falsificados, contaminados, alterados o mezclados en términos del último párrafo del artículo anterior”, se le aplicarán las sanciones mencionadas, señala el Artículo 57.

El dictamen de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados señala que el decomiso de tabaco ilegal tuvo un aumento de 440 por ciento durante el periodo 2013-2015, en comparación de los decomisos de 2012.

Con información de Excélsior