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Corte valida penas por posesión simple de droga
Foto de SCJN

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó las penas de 10 meses a tres años de cárcel que se imponen a los causados por el delito de posesión simple de droga.

El ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena originalmente elaboró un proyecto de sentencia en el que proponía la despenalización de la posesión simple de narcóticos y declarar inconstitucional sobre una porción normativa del artículo 477 de la Ley General de Salud.

No obstante, el magistrado lo modificó y planteó negar el amparo a una quejosa, propuesta que avalaron dos ministros más.

De igual manera, la Primera Sala aprobó un proyecto del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo, quien se pronunció por negar la protección de la justicia a un quejoso que alegó que el artículo 477 de la Ley General de Salud era inconstitucional, pues sanciona con hasta tres años de cárcel a quien posea enervantes para su consumo personal.

El proyecto original de este último caso estuvo en manos de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, quien en agosto de 2018 propuso declarar inconstitucional dicho precepto, calificando de cruel e inhumano la sanción impuesta a farmacodependientes o consumidores problemáticos.

Sin embargo, su proyecto se votó en contra y el caso volvió a turnarse al ministro Pardo, quien propuso rechazar el recurso y validar el artículo 477.

Los quejosos mencionados fueron sorprendidos con pequeñas cantidades de mariguana, de acuerdo con reportes.

Con información de Milenio y Excélsior