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Confirman sentencias en caso de Guardería ABC
Foto de El Imparcial

El Tercer Tribunal Unitario del Quinto Circuito, con residencia en Hermosillo, Sonora, modificó sentencias condenatorias de primera instancia contra los presuntos responsables de la muerte de 49 niños de la Guardería ABC.

El Consejo de la Judicatura Federal (CJF) informó que los recursos de apelación fueron interpuestos en contra de la sentencia del 13 de mayo de 2016 dictada por el Juez Primero de Distrito en el estado, derivada de los hechos ocurridos el 5 de junio de 2009 en esa ciudad.

En lo que se refiere a los 19 condenados, el Tercer Tribunal Unitario del Quinto Circuito confirmó su responsabilidad en los delitos de homicidio y lesiones culposas.

Lo anterior en virtud de que se consideró que incurrieron en el incumplimiento y la vigilancia de diversos ordenamientos aplicables para avalar el adecuado funcionamiento del servicio de guardería y la ocupación de la bodega contigua, como lo señaló la sentencia del juez natural.

Se enfatiza que fueron desatendidas las condiciones de las normas oficiales NOM-167-SSA1-1997, NOM-002-STPS-2000 y NOM-001-SEDE-2005.

Confirman sentencias en caso de Guardería ABC - guarderia-abc
Foto de Twitter

Asimismo, los reglamentos de Construcción y de Protección Civil para el municipio de Hermosillo, la Ley de Protección Civil para el estado de Sonora y su reglamento, así como el Bando de Policía y Gobierno para el referido municipio, entre otros.

Referente a nueve enjuiciados, se confirmaron las penas de 29 años con dos días de prisión; 28 años, 11 meses y cuatro días de prisión; 28 años, ocho meses y seis días de prisión; y 28 años, cuatro meses y 27 días de prisión.

Por cuanto a los restantes 10 sentenciados, el Tribunal Unitario de Circuito, ajustó la individualización de las penas y determinó una condena de 14 años, ocho meses y 20 días de prisión.

Por las sanciones impuestas a los 19 acusados, se les negaron los beneficios sustitutivos de la pena de prisión y de la condena condicional, previstos respectivamente en los artículos 70 y 90 del Código Penal Federal.

Esto es al no reunir los requisitos para su otorgamiento, ya que la condena privativa de la libertad impuesta a cada uno, rebasó el límite máximo de cuatro años establecido para ello.

Asimismo, confirmó las absolutorias resueltas por el Juez Primero de Distrito en el Estado de Sonora, en la causa penal 126/2009 y sus acumuladas.

En lo que atañe a la reparación del daño, estimó acreditado el derecho de las víctimas y ofendidos para obtener su resarcimiento y acertado condenar a los reos al pago correspondiente, cuyo monto deberá determinarse en la ejecución de la sentencia.

Redacción