La Comisión de Comunicaciones y Transportes del Senado aprobó que los vehículos de autotransporte federal y privado de pasajeros, turismo y carga, cumplan con las condiciones de seguridad físico mecánicas y de baja emisión de contaminantes establecidas en reglamentos y normas oficiales. Se trata de una reforma a los artículos 35, 39 y 50 de … Continued
La Comisión de Comunicaciones y Transportes del Senado aprobó que los vehículos de autotransporte federal y privado de pasajeros, turismo y carga, cumplan con las condiciones de seguridad físico mecánicas y de baja emisión de contaminantes establecidas en reglamentos y normas oficiales.
Se trata de una reforma a los artículos 35, 39 y 50 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, propuesta al Senado de la República por la Cámara de Diputados.
Los senadores modificaron la minuta que envió la colegisladora, con el propósito de suprimir del proyecto la necesidad de considerar la antigüedad de los vehículos para que pueden transitar por las carreteras del ámbito federal.
El presidente de ese órgano legislativo, Javier Lozano Alarcón, explicó que en la minuta se planteó que las unidades motrices que ingresen por primera vez al servicio de autotransporte federal de carga, y el transporte privado deberían tener antigüedad no mayor a cinco años a partir de su año modelo de fabricación y 20 años como máximo para mantenerse en circulación.
Pero después de escuchar a todas las partes involucradas en esta materia “llegamos a la conclusión que no es un problema la antigüedad de los vehículos”, como sí lo es el estado físico-mecánico que guardan dichos vehículos.
“No importa la antigüedad si está en buen estado. Puede ser un vehículo de cinco, 10 o 15 años, que tiene muy buen mantenimiento, está en buenas condiciones y cumple perfectamente con la Norma Oficial Mexicana.
En cambio, agregó, se puede tratar de un automóvil de menor antigüedad, pero que jamás haya recibido servicio y que esté circulando en las ciudades, puntualizó.
Redacción