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Cofepris deberá entregar autorizaciones emitidas para uso de plasma sanguíneo de recuperados de COVID-19
Plasma convaleciente de pacientes recuperados de COVID-19. Foto de EFE / Archivo

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) deberá entregar, por instrucciones del Instituto Nacional de Transparencia (Inai), copia de las autorizaciones emitidas para el uso de plasma sanguíneo de personas recuperadas de COVID-19.

El caso se presentó ante el Pleno del Inai después de que un solicitante apelara la respuesta de Cofepris sobre dicha información, en la que la dependencia se declaró incompetente y sugirió remitir la solicitud a la Secretaría de Salud (SSa).

Al interponer el recurso de revisión pertinente, la persona interesada indicó que la dependencia sí debe tener los datos pues en una nota periodística se señala que aprobó en Tabasco el protocolo de investigación planteado por el Centro Estatal de Hemoterapia para el uso de plasma sanguíneo de personas recuperadas de COVID-19, como tratamiento alternativo.

https://youtu.be/Wwt3jAdTyfs

En el análisis del caso, la ponencia del comisionado Rosendoevgueni Monterrey Chepov advirtió que en efecto, en conjunto con la SSa, la Cofepris expidió y publicó los Lineamientos para la obtención, procesamiento y uso de plasma convaleciente de donantes recuperados de infección por SARS-CoV-2 para uso terapéutico en un protocolo de investigación.

Los lineamientos establecen que el protocolo deberá contar con la autorización emitida por la Cofepris para el funcionamiento del establecimiento donde se realice investigación y del banco de sangre participante.

Asimismo, prevén que el protocolo deberá ser aprobado por Cofepris y que debe ser conducido conforme a la normatividad nacional aplicable para investigación en seres humanos, cumplir con los informes técnicos y enviarlos a la Comisión de Autorización Sanitaria de la dependencia.

Bajo estas consideraciones, se concluyó que la Cofepris cuenta con atribuciones para conocer de las autorizaciones emitidas para el uso de plasma sanguíneo de personas que se recuperaron del COVID-19.

La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios deberá asumir su competencia y realizar una búsqueda exhaustiva de la información en todas sus unidades administrativas competentes para entregar una copia de lo solicitado.

Con información de López-Dóriga Digital