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BMA defiende que el principio de cosa juzgada es universal; sentencias no pueden ser reabiertas ni revisadas
Foto de Senado de la República

La Barra Mexicana, Colegio de Abogados A. C. defiende que el principio de cosa juzgada es universal y que las sentencias no pueden ser reabiertas ni revisadas.

En entrevista con Joaquín López-Dóriga para Radio Fórmula la presidenta de la BMA, Ana María Kudisch, criticó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) busque revertir el principio de cosa juzgada.

 ¿Qué es el principio de cosa juzgada?

La abogada Ana María Kudisch explicó que todo proceso legal deriva en una sentencia de primera instancia, en la que al actor o al demandado se le da la razón.

Dicha sentencia de primera instancia se puede recurrir mediante el recurso de apelación, con lo que pasa a una sala revisora.

En esta sala revisora esta sentencia puede ser modificada, ampliada, cambiada, y se dicta una sentencia nueva por parte de la sala revisora que confirma o modifica.”

La sentencia de la sala revisora también puede ser revocada o modificada mediante el amparo, a través del cual pasaría a ser revisada por una autoridad federal, ya sea un juez de Distrito, un tribunal colegiado o la propia Suprema Corte de Justicia de la Nación.

La sentencia que resulte de esta nueva revisión ya no admite otro recurso, con lo que se convierte en un dictamen firme y obligatorio de cumplir.

Ya no hay ningún otro recurso después del amparo que se pueda promover después de que se haya dictado una sentencia por parte de la autoridad federal en la última instancia de la autoridad.”

Es entonces que se cumple el principio de cosa juzgada, que de acuerdo con la abogada Ana María Kudisch es universal y da certeza.

Esto es indispensable para garantizar la estabilidad del orden jurídico, la confianza en las instituciones de justicia y también la paz social”, subrayó la presidenta de la BMA.

Sin embargo, apuntó que las únicas sentencias que nunca son firmes son las dictadas en materia familiar, relacionadas con las pensiones alimenticias, guarda y custodia o régimen de visitas.

Lo anterior porque dentro de las familias pueden haber cambios de circunstancias.

Pero fuera de este tipo de resoluciones, todas las resoluciones laborales, civiles, mercantiles que tienen que ver con este tipo de sentencias que se pretende revisar no son sujetas de revisión ni son sujetas de cambio o modificación”, defendió.

 Modificar sentencias firmes causaría incertidumbre generalizada

La presidenta de la Barra Mexicana de Abogados sostiene que de aprobarse la modificación de sentencias habría incertidumbre generalizada y afectaciones a particulares, instituciones y al propio estado.

La cosa juzgada es la cosa juzgada, es un principio universal… una cuestión elemental que aprendemos el primer semestre (de la carrera de Derecho)”, reiteró.

De esta forma, Ana María Kudisch presumió una decisión política más que jurídica para revertir el principio de cosa juzgada.

¿Esto al justiciable en dónde lo deja?, en un estado profundo de incertidumbre, de indefensión, porque entonces estamos a lo que la Suprema Corte decida y determine sin considerar los principios más elementales del Derecho, como es este principio de cosa juzgada. Entonces, ¿qué Suprema Corte tenemos?, ¿una Suprema Corte política o una Suprema Corte que efectivamente está para velar las leyes, para velar que el derecho se aplique?”, cuestionó.

La presidenta de la BMA exhortó a levantar la voz y sostener que revertir el principio de cosa juzgada “no está bien”.

 SCJN revisaría sentencias ya dictadas

El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, abrió un proceso de consulta para conocer si deberían revisar los fallos de las dos Salas que desaparecieron, aún y cuando sus sentencias son igualmente válidas que las del Pleno.

Será la ministra Lenia Batres la que presente el proyecto a discutir y votar.

El proceso de consulta tiene su raíz en una solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR) y una mujer de nombre Rosa María Romero Urbán para impugnar la absolución de Juana Hilda González, señalada por el secuestro y homicidio de Hugo Alberto Wallace, hijo de la fallecida activista Isabel Miranda de Wallace.

Cuatro ministros dictaron la liberación de Hilda González, ante un amparo directo, al resolver que dos confesiones que rindió pudieron haber sido obtenidas bajo tortura.

La premisa sobre el principio de cosa juzgada es que al resolver amparos directos, las Salas cumplieron funciones de legalidad propias de un tribunal colegiado, por lo que todavía se podrían plantear al actual Pleno temas de constitucionalidad.

Con información de López-Dóriga Digital