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Foto de @NoticiaCongreso

Madres o padres trabajadores de niños o adolescentes diagnosticados con cáncer de cualquier tipo gozarán de una licencia para ausentarse de sus labores por cuidados médicos de sus hijos de hasta 16 años de edad.

Lo anterior incluye los periodos críticos de tratamiento o de hospitalización, y en su caso, el del alivio del dolor o los cuidados paliativos por cáncer avanzados.

Por unanimidad de 115 votos a favor, el Pleno del Senado de la República aprobó el proyecto de decreto que adicionan diversas disposiciones de la Ley del Seguro Social; de la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, así como de la Ley Federal del Trabajo.

La Cámara de Diputados había aprobado el proyecto de decreto incorporando una modificación para adicionar el artículo segundo transitorio con el objeto de establecer la previsión de recursos presupuestales que se requieren para cumplir con la implementación de las acciones correspondientes, que garanticen el otorgamiento de las licencias por cuidados médicos.

La aprobación de los senadores versó únicamente sobre la adición del artículo transitorio, sin que se pudiera alterarse los artículos que ya fueron aprobados por ambas Cámaras del Congreso.

De acuerdo al proyecto de decreto, el Instituto podrá expedir a alguno de los padres trabajadores asegurados una constancia que acredite el padecimiento oncológico y la duración del tratamiento respectivo, a fin de que el patrón tenga conocimiento.

Dicha licencia tendrá una vigencia de uno y hasta 28 días y podrán expedirse cuantas veces sea necesaria durante un periodo máximo de tres años, sin que se excedan 364 días de licencia, mismos que no necesariamente deberán ser continuos.

Por tratarse de solo la adición de un nuevo artículo segundo transitorio, se avaló por unanimidad en lo general y en lo particular en un solo acto, por lo que el proyecto se enviará al Ejecutivo federal para los efectos constitucionales correspondientes.

Con información de Quadratín