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Avala comisión reformas a Ley de la Administración Pública Federal
Foto de archivo

La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados aprobó en lo general el dictamen que modifica diversos artículos de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en materia de control interno del Ejecutivo federal y resolvió trasladar las reservas para su discusión ante el Pleno.

En este documento, que se espera sea discutido mañana jueves en el Pleno, es una de las leyes secundarias que integrarán el Sistema Nacional Anticorrupción y se relaciona con regresar, prácticamente, todas las funciones que desempeñaba la Secretaría de la Función Pública (SFP).

Para ello, la presidenta de la Comisión de Gobernación, la priista Mercedes del Carmen Guillén Vicente indicó que se reforman el Artículo 19, el Artículo 26, las fracciones vigésimo primera y vigésimo cuarta del Artículo 31, el Artículo 37, el Artículo 44 y el Artículo 50, de esa ley.

Asimismo, se derogan las fracciones vigésima segunda, vigésima quinta, vigésima sexta, vigésima séptima, vigésima octava, trigésima primera, trigésima segunda del Artículo 31.

Cabe destacar que entre los aspectos relevantes del dictamen está que la SFP será la autoridad encargada del control interno de la Administración Pública Federal (APF); mantendrá una estrecha colaboración con el Sistema Nacional Anticorrupción y con el Sistema Nacional de Fiscalización.

Lo anterior, en el establecimiento de bases y principios que propicien la integridad y la transparencia en la gestión pública, así como en el combate a la corrupción.

En su operación, favorecerá la promoción y el desarrollo del gobierno digital, del gobierno abierto y de los datos abiertos, la rendición de cuentas y el acceso por parte de los particulares a la información que se genere.

La dependencia podrá ejercer las atribuciones que la Constitución le otorga a los órganos internos de control para revisar el ingreso, manejo, custodia y ejercicio de recursos públicos federales.

También establecerá mecanismos internos para prevenir actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas.

Informará periódicamente al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y al Ejecutivo federal, sobre el resultado de la evaluación respecto de la gestión de la APF en cuanto al ingreso, manejo, custodia y ejercicio de recursos públicos federales.

En el ejercicio de sus atribuciones contará con órganos internos de control, delegados y comisarios públicos.

Al ser la encargada de la evaluación de la gestión gubernamental, podrá inspeccionar el ejercicio del gasto público federal y su congruencia con los presupuestos de egresos.

Asimismo, podrá expedir normas que regulen el control interno de la Administración Pública Federal (APF).

Realizará por sí o a solicitud de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), auditorías, revisiones y evaluaciones, con el objeto de fiscalizar y promover la eficiencia y legalidad en la gestión y encargo de las diversas dependencias.

Podrá recibir y registrar las declaraciones patrimoniales y de intereses, así como verificar su contenido mediante las investigaciones que resulten pertinentes.

Atenderá las quejas e inconformidades que presenten los particulares con motivo de convenios o contratos que celebren con las dependencias y entidades de la APF y de la Procuraduría General de la República (PGR).

Propiciará la homologación de políticas, normativa y criterios en materia de contrataciones públicas a nivel nacional.

En materia sancionadora, la Secretaría de la Función Pública (SFP) podrá conocer e investigar las conductas de los servidores públicos que puedan constituir responsabilidades administrativas y aplicar sanciones.

Y finalmente, también ejercerá la acción de responsabilidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y presentará las denuncias correspondientes ante la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción.

Redacción