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Así puedes recuperar tus ahorros del Infonavit
Foto: Internet.

En el año 2011,  el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda (Infonavit)en la que establece la devolución de los ahorros hechos por los patrones a lo largo de la vida de los trabajadores.

Si nunca utilizaste tu fondo del Infonavit, puedes recuperar tus ahorros de la siguiente manera:

  • Checa primero cuánto tienes tienes ahorrado. Esto lo puedes hacer registrándote en “Mi Cuenta Infonavit”, el cual se enuentra en la página oficial de la dependencia. También puedes hacerlo llamando al Infotel: 9171 5050 en la Ciudad de México o al 01 800 008 8900 desde cualquier parte de la República Mexicana.

Así puedes recuperar tus ahorros del Infonavit - infonavit-ahorros

  • Debes identificar la cuenta en la que tienes tus ahorros. Aquí hay tres tipos:
    • Fondo de Ahorro 1972-1992.

      • Este fondo se constituyó con las aportaciones del 5 por ciento del salario diario integrado que hicieron los patrones de 1972 a 1992.
      • Esos ahorros son administrados por el Infonavit.
      • No generaron rendimientos debido a que la legislación de ese periodo no lo previó y se afectaron por el decreto del 1° de enero de 1993, que eliminó tres ceros en el sistema monetario mexicano.
      • Consulta esta parte aquí.
    • Subcuenta de vivienda 1992

      • Este fondo se constituyó con las aportaciones del 5% del salario diario integrado que hicieron los patrones de 1992 a junio de 1997.
      • Estos ahorros se entregan con los rendimientos que hayan generado hasta el momento del retiro del trabajador.
      • Se puede solicitar en la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), pero si el trabajador se pensionó después del 13 de enero de 2012, el Infonavit lo devolverá junto con el saldo de la Subcuenta 1997.
      • Consulta los requisitos aquí.
    • Subcuenta de vivienda 1997

      • Esta cuenta se formó con las aportaciones que hizo tu patrón a partir del 1° de julio de 1997. Se te entregará tu ahorro con los rendimientos que haya generado hasta el momento de tu retiro.
      • Si estás pensionado bajo el régimen de la Ley del Seguro Social 1997, acude a tu Afore para que te informen sobre el tipo de pensión que elegiste. Si necesitas más información .
        • Presentar el dictamen de pensión expedido por el IMSS, con fecha posterior al 1° de julio de 1997.
        • Al ser beneficiario legal o sustituto con pensión bajo el régimen 73 de la ley del IMSS por viudez, orfandad o ascendencia, no requieres tramitar un juicio laboral ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para el pago de la subcuenta de vivienda del titular.
        • En caso de no ser beneficiario legal (cónyuge, descendiente, ascendiente o concubina) y por lo tanto no contar con dictamen de pensión del titular finado(a), es indispensable acreditar esa condición mediante resolución de designación de beneficiarios emitido por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje para el pago de la subcuenta de vivienda del titular.
        • De acuerdo al artículo 193 de la ley IMSS, se consideran beneficiarios sustitutos aquellos que son designados por el titular a falta de beneficiarios legales.La devolución aplica para personas que cuentan con una pensión emitida por el IMSS, bajo el régimen de Ley de 1973. Para solicitar la devolución se deben cumplir estas condiciones:
      • Consulta los requisitos aquí.

Con información de Noticieros Televisa