Minuto a Minuto

Internacional “Rendirán cuentas”: dice embajador Johnson tras designación del Cártel de Juárez y Los Viagras como organizaciones terroristas
Johnson señaló que el Gobierno de EE.UU. colabora con el Gobierno de México para desarticular el tráfico de drogas, armas y otras actividades ilícitas
Nacional Pasajeros encaran a chofer que huía de policías en Querétaro; esto fue lo que pasó
Policías alcanzaron la unidad, arrestaron al conductor y aseguraron la camioneta, que prestaba servicio mediante BlaBlaCar según reportes
Deportes Atlas oficializa la contratación de Jorge Sánchez para el Apertura 2026
Atlas oficializó la contratación del lateral derecho mexicano Jorge Sánchez, tras su destacada participación en el Mundial 2026
Internacional Gobierno de Trump presenta propuesta para endurecer los visados de estudiantes y periodistas
EE.UU. publicó su propuesta para endurecer las condiciones de los visados que corresponden a estudiantes y periodistas
Deportes Video: Policía de Londres rescata a aficionado con camiseta de Argentina tras ser perseguido por hinchas ingleses
La Policía de Londres rescató a un aficionado con la camiseta de Argentina tras el juego de semifinales del Mundial 2026
Admite SCJN acciones de inconstitucionalidad contra Ley de Extinción de Dominio

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite las acciones de inconstitucionalidad que promovieron la Procuraduría General de la República (PGR) y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), que demanda la invalidez de diversos artículos de la Ley de Extinción de Dominio para la Ciudad de México.

Las dos demandas fueron acumuladas en virtud de existir identidad respecto del decreto combatido, y se turnaron al ministro Arturo Zaldívar, quien será el instructor del procedimiento y elaborará la sentencia correspondiente.

Admite SCJN acciones de inconstitucionalidad contra Ley de Extinción de Dominio - GobCDMX
Foto: @GobCDMX.

La CNDH reclamó la invalidez del Artículo 39, tercer párrafo, en la porción normativa que establece: “Contra el auto que admita el ejercicio de la acción no procede recurso alguno”.

En su escrito de demanda, la Procuraduría General de la República (PGR) impugnó los artículos 2, fracción XVIII; 4, párrafo quinto, y 5, segundo párrafo del citado ordenamiento, que establecen las condiciones para que proceda la acción de extinción de dominio.

En el acuerdo de admisión se ordenó notificar a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y al Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, para que rindan su informe dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al que surta efectos la notificación.

También se requirió a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, por conducto de quien legalmente la representa, para que al rendir el informe solicitado envíe a la SCJN copia certificada de todos los antecedentes legislativos de la norma impugnada.

Entre estos últimos se encuentran las iniciativas, los dictámenes de las comisiones correspondientes, las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado y en las que conste la votación de los integrantes de ese órgano legislativo, y los Diarios de Debates.

Al jefe de Gobierno de la Ciudad de México se le requirió para que, en el plazo referido, envíe al Alto Tribunal un ejemplar de la Gaceta Oficial en la que se haya publicado la norma controvertida en ambos medios de control constitucional.

La Ley de Extinción de Dominio fue publicada en el 17 de noviembre de 2017 en la Gaceta Oficial para la Ciudad de México.

Redacción