El gobierno de Venezuela prohíbe la salida de directivos de medios de comunicación; los acusa de difamación
Diosdado Cabello, presidente de la Asamblea Nacional de Venezuela y segundo al mando en el régimen chavista demandó a los diarios El Nacional, Tal Cual y La Patilla por supuesta “difamación agravada continuada”, tras publicar información del diario español ABC.
En consecuencia, Cabello solicitó a un juez en Caracas que prohíba la salida del país a 22 directivos de los tres medios venezolanos, así como presentarse una vez a la semana ante el tribunal.
La información trascendió extraoficialmente, pues los afectados no han sido formalmente notificados. También extraoficialmente se supo que el presidente de la Asamblea Nacional ratificó su acusación el 28 de abril y que el tribunal la admitió el 5 de mayo.
La acción judicial de Cabello se fundamenta en la reproducción que hicieron muchos medios de comunicación venezolanos y extranjeros de la información publicada por ABC el 25 de enero de 2015, a partir de los señalamientos de Leamsy Salazar, ex jefe de seguridad del presidente de la Asamblea Nacional.
Salazar acusó a Cabello de estar involucrado en el tráfico internacional de drogas, específicamente de ser uno de los líderes del llamado Cártel de los Soles.
En la querella interpuesta por Diosdado Cabello, se alega que “desde el día 27 de enero de 2015 han venido en forma sistemática y progresiva apareciendo múltiples informaciones en El Nacional, Tal Cual y La Patilla, de los que desprendemos el grave perjuicio que estos medios han generado sobre nuestro representado, su reputación y honor”.
Miguel Henrique Otero, presidente editor de El Nacional, declaró a la cadena NTN24 que la decisión de la juez es “totalmente irregular porque no se han emitido las citaciones”.
Dijo que “la justicia venezolana es un instrumento del Ejecutivo para criminalizar a la disidencia”. Aseguró estar dispuesto a enfrentar las acusaciones y para ello se asesorará con sus abogados.
La Corte Interamericana de derechos Humanos, al sentenciar el caso Mauricio Herrera Ulloa vs Costa Rica, el 2 de julio de 2004, reivindicó la doctrina del reporte fiel, según la cual no incurre en delito el que reproduce información de terceros.
Con información de ABC