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SCJN niega suspensión de Ley de transparencia en materia de publicidad
Foto de Tingey Injury Law Firm para Unsplash

La Suprema Corte de justicia de la Nación (SCJN) negó a la Cofece suspender los efectos de la Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad.

El ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo apuntó en su sentencia que “la suspensión no podrá otorgarse respecto de normas generales”, con respecto a dicha ley, en donde el Gobierno Federal pretende combatir prácticas indebidas en el mercado de la publicidad.

Atento a las características esenciales de la norma controvertida a saber, abstracción y generalidad, se hace imposible paralizar sus efectos, pues ello implicaría que perdieran su validez, eficacia, fuerza obligatoria o existencia específica”, se apuntó.

La Ley para la Transparencia, Prevención y Combate de Prácticas Indebidas en Materia de Contratación de Publicidad fue publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el pasado 3 de junio, y tiene como objetivo promover la transparencia en el mercado de la publicidad, así como la prevención y el combate a prácticas comerciales que constituyen una ventaja indebida a favor de personas determinadas en perjuicio de los anunciantes y, en última instancia, de los consumidores.

Tras la publicación de este ley, la Cofece interpuso una controversia constitucional ante la SCJN para suspender esta normal para “que no se quebranten de forma irreparable los principios de libre concurrencia y competencia económica”.

Esta nueva Ley entrará en vigor a partir del 1 de septiembre de 2021.

Con información de El Universal