El SAT dejó en claro que al solicitar factura, el contribuyente sólo está obligado a proporcionar verbalmente o por escrito la clave del RFC nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y uso fiscal
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) alertó este miércoles sobre prácticas fiscales indebidas hacia los contribuyentes al momento de la solicitud de una factura en la compra de productos o prestación de servicios.
Por medio de un comunicado, la autoridad dio a conocer que no se requiere entregar al proveedor la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal al solicitar una factura, lo cual fue dado a conocer mediante la Séptima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2023, publicada en el Diario Oficial de la Federación este miércoles.
El contribuyente que solicite una factura solo está obligado a proporcionar verbalmente o por escrito la clave del Registro Federal de Contribuyentes (RFC), nombre o razón social, código postal del domicilio fiscal y el uso fiscal que le dará a dicho comprobante, por ejemplo, gastos en general o adquisición de mercancías.
A través de la factura, las personas físicas y morales comprueban ante el SAT la existencia de sus operaciones, ya que este documento contiene, entre otros, la descripción del bien adquirido o servicio prestado, la fecha de transacción, el costo y los impuestos correspondientes.
Para ello, el SAT cuenta con servicios de facturación gratuita a través del Portal, el cual se puede encontrar en esta liga.
Además, el pasado mes de julio la autoridad tributaria puso a disposición de los contribuyentes la aplicación Factura SAT Móvil, una herramienta para la emisión de facturas de manera fácil, rápida y gratuita.
Cabe señalar que el Código Fiscal de la Federación establece que la factura debe emitirse en el momento en que se realiza la transacción en archivo electrónico y cuando el cliente lo requiera se entregará su representación impresa, por lo que también es una práctica fiscal indebida que se solicite al contribuyente ingresar a sitios web para que capture sus datos de identificación para generar el comprobante fiscal.
De esta manera, el SAT señala que son prácticas fiscales indebidas:
- Condicionar la expedición de facturas a la exhibición de la Cédula de Identificación Fiscal o Constancia de Situación Fiscal.
- Negar la emisión de la factura en el establecimiento o local comercial y trasladar al cliente la obligación de generarla, incluso si el pago se realiza en efectivo.
Para presentar una denuncia por alguna de estas prácticas, el SAT pone a disposición los siguientes medios de contacto, las 24 horas del día, los 365 días del año:
- Correo electrónico: [email protected]
- Quejas y Denuncias SAT: 55 8852 2222
- Internacional: 1 52 55 8852 2222
- Teléfonos Rojos ubicados en las oficinas del SAT
- En el Portal del SAT, consulta el servicio de conciliación de factura: https://www.sat.gob.mx/aplicacion/87088/solicitudes-por-la-no-emision-de-factura
Con información de López-Dóriga Digital