Los trabajadores que no reciban su aguinaldo a más tardar el 20 de diciembre pueden denunciar la situación ante la Profedet
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, el 20 de diciembre culmina el plazo para que los empleadores depositen a sus trabajadores el aguinaldo, una prestación a la que tienen derecho todos los trabajadores, sin importar si son de base, de confianza o eventuales.
El pago debe ser equivalente a al menos 15 días de salario, o una parte proporcional para aquellas personas que llevan menos de un año en su trabajo actual.
En el caso de los trabajadores del Estado, estos tienen derecho a un pago de 40 días de salario, del cual la mitad debió haberse pagado antes del 15 de diciembre, mientras que la otra debe pagarse antes del 15 de enero.
Sin embargo, puede darse el caso de que a una persona no le paguen el aguinaldo en el periodo establecido, o que reciba menos de lo que indica la ley, situación que pueden denunciar ante la Procuraduría de la Defensa del Trabajo (Profedet).
De acuerdo con la procuraduría, los agraviados tienen un año a partir del 20 de diciembre para realizar la reclamación ante ellos, para que puedan resolver el problema. Asimismo, los trabajadores que incumplan con esta prestación pueden hacerse acreedores a multas que van desde los 5 hasta los 5 mil salarios mínimos vigentes en la Ciudad de México.
Los empleadores no pueden argumentar problemas económicos como motivo para no realizar el pago.
Cabe aclarar que en principio los trabajadores por honorarios no tienen derecho al aguinaldo, el cual solo se debe pagar si existe una prestación de servicios permanente a un solo patrón, además de un horario fijo y una posición determinada dentro de la empresa.
Con información de Milenio