Minuto a Minuto

Economía y Finanzas Comisión Europea impone millonaria multa a Temu, ¿por qué motivo?
La empresa china Temu tiene ahora tres meses para pagar la multa, aunque puede recurrirla ante la Justicia europea
Nacional Nueve líneas del Metro CDMX, con ‘afluencia controlada’
Usuarios acusaron retrasos y avance lento en varias líneas, pese a la afirmación del Metro CDMX de "buen avance" de trenes
Nacional Boleteros de la Lotería Nacional marcharán en la CDMX; habrá 15 concentraciones
Estas son las movilizaciones que se llevarán a cabo este jueves 28 de mayo en la CDMX
Deportes Confirman lesión muscular de Neymar, ¿se pierde el Mundial 2026?
Se confirmó que Neymar, concentrado con Brasil para el Mundial 2026, tiene una lesión muscular en la región del gemelo
Internacional República Democrática del Congo eleva a 238 las muertes por la epidemia de ébola
El Gobierno de la República Democrática del Congo también detalló más de mil casos sospechosos por la epidemia de ébola
Cofece exhorta a CRE a respetar normativa vigente para fijar precios del gas LP
Foto de Cofece

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) exhortó este miércoles a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a respetar el proceso establecido en la normativa vigente para fijar regulación de precios del gas LP.

La Secretaría de Energía (Sener) publicó en el Diario Oficial de la Federación la “Directriz de Emergencia para el bienestar del Consumidor de Gas Licuado de Petróleo”, en donde exhorta a la CRE a establecer una metodología que fije precios máximos al consumidor final de gas LP, en un plazo máximo de tres días, la cual tendría una vigencia de seis meses.

Dicho exhorto es contrario al mecanismo establecido en la Ley de Hidrocarburos para regular los precios del gas LP, el cual requiere de una declaratoria de ausencia de condiciones de competencia por parte de la COFECE como condición necesaria y previa a una regulación de precios”, detalló la Cofece en un comunicado.

En específico, el artículo 82 de la Ley de Hidrocarburos menciona que los precios de las actividades de expendio al público de gas LP se determinarán conforme a las condiciones de mercado.  Por su parte, el artículo 77 del Reglamento de las Actividades a las que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos menciona que la distribución no vinculada a ductos de gas Licuado del Petróleo no estará sujeta a la regulación de precios, salvo determinación en contrario de la COFECE.

La Cofece argumentó que lograr que los precios del gas LP sean de manera sostenida lo más bajo posible depende del esfuerzo conjunto de las distintas autoridades involucradas en lograr que este mercado funcione en competencia.

“Como parte de este esfuerzo conjunto, todas las autoridades involucradas debemos garantizar el debido proceso conforme al marco normativo vigente, y así evitar impugnaciones que retrasen el objetivo de que los consumidores accedan a gas LP más barato y en mejores condiciones”, adujo.

En este sentido, la COFECE exhorta a la CRE a apegarse al procedimiento legal previsto en la Ley de Hidrocarburos y la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) para, en su caso, regular los precios del gas LP, finalizó.

Con información de López-Dóriga Digital