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Senado discute dictamen que contempla la Guardia Nacional sin mando militar
Foto de @NoticiaCongreso

La tarde de este jueves, el Senado de la República votará  en el pleno el dictamen de la Guardia Nacional. Con ello se busca eliminar una de las trabas más importantes para la conformación del nuevo cuerpo de seguridad.

La aprobación de la iniciativa en la Cámara Alta del Congreso parecerá ser cuestión de trámite luego del acuerdo entre todas las fuerzas políticas representadas en la Junta de Coordinación Política, que eliminó del texto la figura de la Junta de Estado Mayor y el fuero militar para los miembros de la Guardia.

El dictamen sobre la Guardia Nacional incluye ocho modificaciones centrales respecto al documento que se recibió de la Cámara de Diputados, entre las que destacan la temporalidad de cinco años y la adscripción civil.

En un análisis sobre la minuta, dado a conocer por el área técnica del Senado, se destaca que el mando de la Guardia será civil y la institución policial, adscrita al ramo de Seguridad Pública.

Contrario a lo que se contemplaba originalmente, no habrá mando mixto. Por el contrario, se establece una coordinación interinstitucional con las Fuerzas Armadas.

Se indica que entre los requisitos de los mandos de dirección se encuentran: no formar parte de las Fuerzas Armadas y que todos los elementos de éstas que pasen a la Guardia serán considerados como civiles.

Según el documento, “el presidente podrá disponer de las Fuerzas Armadas durante cinco años, pero deberá hacerlo bajo parámetros de convencionalidad (normado, subordinado, complementario y fiscalizado) y deberá informar de sus actividades al Senado”.

Entre los controles institucionales, que el Senado analizará y aprobará, se encuentra la Estrategia Nacional de Seguridad Pública y los informes anuales de la Guardia Nacional, donde se incluirá la actuación extraordinaria de las Fuerzas Armadas.

La Guardia Nacional no usará armas de uso exclusivo de las Fuerzas Armadas y se reglamentará el uso de la fuerza bajo estándares internacionales de proporcionalidad y excepcionalidad.

Con información de López-Dóriga Digital