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Ordena INE retirar publicaciones en Facebook a favor de una candidatura del Poder Judicial
Foto de INE

La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) resolvió tres medidas cautelares, relacionadas con la elección judicial, a realizarse el primer domingo de junio.

En un comunicado, dicha comisión del INE indicó que dos fueron en contra de las publicaciones realizadas en perfiles de Facebook, identificados como Justicia sin Barreras y Amigos de toro Burgos con la Ministra, respectivamente, pues podrían configurar inequidad en la contienda, así como la utilización de financiamiento privado.

Además, se apuntó que una tercera fue en contra de un candidato a magistrado del Tribunal Colegiado de apelación en las materias civil y administrativa, especializado en competencia económica, radiodifusión y telecomunicaciones del circuito judicial I, sobre una presunta participación conjunta en actividades proselitistas, a decir de la denunciante, sin tener vinculación alguna con el denunciado, así como la supuesta vulneración al interés superior de las personas menores de edad, en el marco del Proceso Electoral Extraordinario del Poder Judicial de la Federación 2024-2025.

En cuanto a la queja referente a la denuncia de la presunta publicidad pagada en favor de la candidata a Ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Yasmín Esquivel Mossa, el colegiado determinó improcedente la adopción de medidas cautelares, ya que el perfil identificado como Justicia sin Barreras fue eliminado, por lo que se trata de hechos consumados.

Por cuanto hace a las publicaciones en favor de la candidata a ministra de la SCJN, Ingrid de los Ángeles Tapia Gutiérrez, la comisión del INE determinó procedente el dictado de las medidas cautelares, ya que, de manera preliminar, se advierte un pautado de la publicación alusiva a la candidata, es decir, la contratación de tiempo en medios digitales, lo cual incumple los parámetros establecidos en la normativa electoral.

Aunado a lo anterior, derivado del análisis previo al material denunciado, se constató que la figura central y preponderante es la candidata, y que las publicaciones se realizaron antes del periodo de campaña. Por esta razón, se ordenó a Meta Platforms, Inc., retire el total de las publicaciones vinculadas a la candidatura de su plataforma conocida como Facebook.

También se determinó procedente la solicitud de medidas cautelares en su vertiente de tutela preventiva, pues del análisis concreto al perfil denunciado se identifican más de 24 publicaciones, las cuales han estado difundiéndose del 10 de marzo al día de hoy, 26 de abril de 2025, lo cual se considera, preliminarmente, una conducta reiterada, por lo que se solicita a la candidata beneficiada se abstenga de contratar, por interpósita persona, los espacios de promoción y potencialización electrónica a su favor dentro del periodo de campaña que se encuentra en curso.

En ambos casos, sobre el uso indebido de recursos públicos y privados, el colegiado determinó que será la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien analizará el tema, ya que atañe al fondo del asunto.

Finalmente, en la tercera queja, Lenia Batres Guadarrama, candidata a ministra de la Suprema corte, denunció una publicación en la red social Facebook, en la que señala que se le vincula indebidamente con sus actividades proselitistas del denunciado, además por la vulneración al interés superior de las niñas, niños y adolescentes, con motivo de la supuesta inclusión de personas menores de edad, en una de las imágenes de la publicación.

En este asunto, la Comisión de Quejas y Denuncias consideró improcedente la adopción de medidas cautelares, ya que del material denunciado, el texto alusivo a la quejosa, así como la imagen en la que se incluyó a personas presuntamente menores de edad, fue modificado y/o eliminado, por lo que se trata de hechos consumados.

Con información de López-Dóriga Digital