Minuto a Minuto

Nacional Un día como hoy: 15 de diciembre
Un día como hoy 15 de diciembre, pero de 2010, muere el pintor mexicano de la corriente surrealista Alfredo Castañeda
Internacional Unesco denuncia que libertad de expresión en el mundo retrocedió un 10% desde 2012
Un informe de la Unesco reveló una disminución del 10 % en la libertad de expresión en el mundo desde 2012, un nivel no visto en décadas
Entretenimiento Rob Reiner y su esposa habrían sido degollados por un familiar, según TMZ
El director estadounidense Rob Reiner y su mujer, la productora Michele Reiner, fueron encontrados muertos en su hogar de Los Ángeles
Entretenimiento Muerte del director Rob Reiner causa conmoción en el mundo de la política y el arte
El director estadounidense Rob Reiner y esposa Michele fueron encontrados muertos en su casa de Los Ángeles, California
Internacional Cierran el Museo del Louvre por huelga, ¿cuáles son las exigencias de los trabajadores?
Los trabajadores del Museo del Louvre votaron por unanimidad mantener la huelga de personal este lunes 15 de diciembre de 2025

Tuve el placer de compartir una mesa con tres conocedores de las leyes electorales. Parte de la comida consistió en oír sus desacuerdos sobre mis puntos de vista en torno a la sobrerrepresentación.

Tomé nota de sus críticas y las reuní en un solo texto, resumen neófito de sus puntos de vista especializados. Despliego mis notas como si fueran de un solo autor, aunque vienen realmente de tres fuentes.

Empiezan por coincidir en que, diferencias aparte, el tema de la representación tendría “un nombre más técnico y más preciso si le llamáramos agandalle”. Siguen:

Pretender que el 8% aplique no sólo a partidos sino a coaliciones, no va a ningún lado, no solo en lo abstracto, sino en la práctica.

La interpretación literal y restrictiva que hace la ley es clara, el INE y el TEPJF la aplicaron en las elecciones de 2015, 2018 y 2021 y no hay bases jurídicas sólidas para introducir ahora una interpretación distinta, sólo porque los resultados numéricos son diferentes.

Tampoco es sólido el argumento de que la interpretación literal del texto constitucional deba obligar a un partido a presentar únicamente candidatos afiliados para cumplir el requisito constitucional de que un partido tiene que postular más de 200 candidatos para tener derecho a diputados plurinominales. El artículo 95, fracción 4 del Cofipe dice claramente que un partido coligado puede presentar como propio el candidato de otro partido de la coalición.

La discusión actual mezcla dos temas sustantivos distintos, contenidos en las fracciones IV y V del 54 constitucional:

1. La gobernabilidad: el objetivo del tope del 8% es que un partido con 42% de la votación (más 1) pueda tener la mayoría simple de la Cámara de Diputados.

2. La pluralidad: el objetivo del tope de 300 diputados es que ninguna fuerza política pueda hacer reformas constitucionales por sí sola y, en espejo, que una minoría de un tercio de la Cámara pueda promover una acción de inconstitucionalidad.

Ambos conceptos son independientes: puede existir una coalición con más de 8% de sobrerrepresentación, pero topada a 300 diputados.

Lo que debiera discutirse es únicamente el segundo tema. Es, conceptualmente, el verdadero tema.

Mañana, el segundo tema.