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El pleno de la Corte determinó la inconstitucionalidad del llamado plan B de la reforma electoral. Esto ocurre en medio de un intenso debate sobre la legalidad en materia electoral por lo anticipado del proceso de Morena para seleccionar a su candidato(a) presidencial. La determinación del tribunal supremo contribuye a la certeza jurídica y establece un sano precedente referente al proceso legislativo.

El criterio de la Corte al resolver las impugnaciones tiene una elevada relevancia. La supremacía de la Constitución a todos obliga; al jefe de gobierno y también a la mayoría legislativa, incluso a los jueces, magistrados y tribunales, así como a los órganos autónomos. No hay ley ni principio por encima de la Constitución. Debe destacarse que, en sintonía con la resolución de la Corte, existen diversas controversias derivadas de la aprobación anómala en el Legislativo.

Como ha quedado claro, la legalidad en la actuación de toda autoridad es fundamental para la certeza de derechos. Es un tema que atañe a toda la sociedad, sus efectos son generales, y prácticamente toda persona es beneficiaria de una vida social y política en el que prevalezca el cumplimiento a la ley.

El tema es de significada preocupación por el curso que ha tomado el proceso para seleccionar candidato presidencial por el partido gobernante. Para el caso concreto, hay convocatoria expedida por un partido político, aspirantes registrados, reglas para el proselitismo y método para elegir candidato, así como fecha para su realización. En estricto derecho, los aspirantes incurren en actos anticipados de campaña. Precisamente, para salvaguardar el derecho de esos aspirantes a ser votados, el Tribunal Electoral debería suspender el proceso para que éste se lleve a cabo en los tiempos legales.

De prevalecer la simulación y la ilegalidad, el precedente que se estaría estableciendo abre la puerta para que la competencia por el poder tenga lugar al margen de lo dispuesto en la ley. Imaginemos un conflicto postelectoral en el 2024 sin certeza en la estricta obligatoriedad del texto constitucional. Una decisión complaciente o laxa ahora deja sin asideros al Tribunal para una contingencia mañana. Parece ineludible: el desempeño de la Corte debe ser ejemplo para el Tribunal Electoral.