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El Senado hace historia. Aprueba dictamen que regula uso de la mariguana
Foto de Unsplash

El Pleno del Senado de la República aprobó este jueves el dictamen que regula el uso del cannabis y sus derivados en México, incluido el uso lúdico de la mariguana.

La minuta se avaló en lo general y sus artículos no reservados con 82 votos a favor, 18 en contra y 7 abstenciones.

Por otra parte, con 72 votos a favor, 13 en contra y 2 abstenciones, se aprobaron los artículos reservados con las modificaciones aceptadas al dictamen que regula el uso de la mariguana.

El proyecto reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley General de Salud y Reforma el Código Penal Federal.

Aunque aún falta la aprobación de la Cámara de Diputados, esta legislación colocaría a México como el tercer país, después de Uruguay y Canadá, que regula el cannabis recreativo a nivel federal.

En 2018, la  Suprema Corte de Justicia de la Nación dio la razón a cinco recursos de amparo que denunciaron la inconstitucionalidad de los artículos 235 último párrafo, 237, 245 fracción I, 247 último párrafo y 248 de la Ley General de Salud que prohíben el uso lúdico de la mariguana.

El tribunal dispuso que negar el autoconsumo de cannabis a personas mayores de edad “viola el derecho al libre desarrollo de la personalidad”.

Originalmente la Suprema Corte dio al Congreso de la Unión una prórroga para modificar dichas normas, hasta el 30 de abril de 2020. No obstante, la pandemia de COVID-19 extendió la prórroga hasta el 15 de diciembre de 2020.

Las reformas permitirán poseer hasta ocho plantas por domicilio, autorizará alimentos y derivados con cannabis no psicoactivo, otorgará licencias para siembra, cultivo y cosecha, y garantiza el consumo privado de marihuana sin menores de edad presentes.

La legislación aún contempla sanciones penales para la posesión de más de 200 gramos de cannabis y multas por portar entre 28 y 200 gramos.

Permite también el consumo de cannabis en viviendas o casas habitación, o bien, en domicilio social tratándose de asociaciones de consumo. Dicho acto no deberá efectuarse frente a niñas, niños y adolescentes, así como de personas que no hayan otorgado su consentimiento libre e informado.

Con información de López-Dóriga Digital