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La reciente iniciativa de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión es una muestra más de la ambición de la 4T por controlarlo todo. Ya tienen el Poder Legislativo, a partir de junio tendrán el Poder Judicial y, con esta ley, pretenden dominar el mundo de las ideas. Pero veamos algo de contexto

La estrategia de los gobiernos de la 4T para dominar el mundo de las ideas y controlar a los que no están de acuerdo con su manera de pensar, consiste, hasta la fecha, en brindar apoyo a quienes les manifiestan su lealtad y minar la credibilidad y buen nombre de quienes no comparten su ideología. Periodistas, líderes de opinión, intelectuales y activistas críticos a la 4T han visto cómo se cuestiona, incluso de manera burlona, su trabajo, su patrimonio y manera de vivir.

Quienes han ejercido su derecho a disentir, derecho antes defendido por la 4T, han sufrido y sufren marcaje personal de diversos organismos del Estado, esperando un paso en falso para aplicar “todo el peso de la ley”.

A estas alturas usted se preguntará por qué digo que esta iniciativa de ley es un intento de controlar el mundo de las ideas y la libre expresión. En su artículo 109, la propuesta señala:

“Artículo 109. Las autoridades competentes podrán solicitar la colaboración de la Agencia (de Transformación Digital y Telecomunicaciones) para el bloqueo temporal a una Plataforma Digital, en los casos en que sea procedente por incumplimiento a disposiciones u obligaciones previstas en las respectivas normativas que les sean aplicables. La Agencia emitirá los Lineamientos que regulen el procedimiento de bloqueo a una Plataforma Digital.”

Lo que este artículo quiere decir es que si las “autoridades competentes”, no están de acuerdo con lo que se publica en un sitio web, perfil de redes sociales, streaming, o cualquier otro medio para difundir información que surja esta semana, puede pedirle a la Agencia, que es la encargada de vigilar y regular la tele y ciber comunicación, que lo baje sin ninguna contemplación.

La Organización de las Naciones Unidas (ONU) define la libertad de expresión como un derecho humano fundamental, consagrado en el Artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948), que establece:

“Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.”

La ONU reconoce que la libertad de expresión no es absoluta. Las restricciones deben cumplir con el principio de proporcionalidad y estar justificadas por:

La protección de los derechos o la reputación de otros.

La salvaguarda de la seguridad nacional o el orden público.

La prevención de la incitación al odio, la violencia o la discriminación (como se establece en el Artículo 20 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos).

Sin embargo, la ONU enfatiza que cualquier restricción debe ser específica, transparente y sujeta a escrutinio judicial, evitando la censura arbitraria o el abuso de poder por parte de los Estados, algo que la propuesta de ley no tiene.

Pero la nueva ley también puede afectar a empresas, a las que el gobierno puede apagarles sus plataformas si no ceden a las peticiones gubernamentales, por ejemplo, donar hectáreas de terreno para proyectos de vivienda.

Esta polémica no es más que un aviso a navegantes para estar pendientes de la tormenta que se viene y para la cual debemos tomar precauciones, si no queremos que nos arrastre,

EN EL TINTERO

-Vi una entrevista que el Papa Francisco dio con motivo de sus 10 años de pontificado, En la plática habló de los cuatro pecados que debemos evitar los periodistas: la difamación, la calumnia, la desinformación y la coprofolia, es decir, centrar nuestro trabajo en los escándalos

Me gustaría conocer tu opinión:

@mcamachoocampo
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