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Ordenan a SRE informar sobre trabajadores temporales en Canadá
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La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) debe realizar una búsqueda exhaustiva de las comunicaciones oficiales entre autoridades mexicanas y canadienses del Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales México-Canadá (PTAT), desde 1974 hasta 2013.

El Instituto Federal de Acceso a la Información y Protección de Datos (IFAI), ordenó lo anterior en respuesta a la solicitud de un particular en la que la Secretaría de Relaciones Exteriores declaró la inexistencia de información.

Inconforme con lo manifestado por la dependencia, el solicitante recurrió al IFAI para la revisión de su caso y argumentó que de acuerdo con los lineamientos de operación del PTAT, Relaciones Exteriores tiene atribuciones para conocer sobre el tema, por lo que podría contar con la información solicitada.

Una vez turnado el asunto a la comisionada Areli Cano Guadiana, la SRE reiteró su respuesta y señaló que la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) es la encargada de intervenir en los contratos de trabajo de los nacionales que laboran en el extranjero.

Al analizar el caso la comisionada ponente, señaló que la dependencia no cumplió con el procedimiento de búsqueda establecido en la Ley Federal de Transparencia, ya que no turnó la solicitud a todas sus unidades administrativas competentes, entre las que se cuentan al menos siete.

Al respecto, señaló que de acuerdo con la normatividad, además de la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior, también la Dirección General de América del Norte, los Consulados Generales de México en Toronto, Montreal y Vancouver; así como los Consulados de Carrera en Leamington y en Calgary, son áreas con atribuciones para dar respuesta a la petición.

La comisionada agregó que la Dirección General de América del Norte tiene injerencia en la planeación y la ejecución de programas de acción internacional de la región de su competencia, tal es el caso del Programa de Trabajadores Agrícolas Temporales México-Canadá.

Los consulados referidos cuentan con unidades administrativas encargadas de realizar visitas a granjas y, en su caso, emitir sanciones cuando exista algún incumplimiento en el contrato de empleo respectivo.

De igual manera, precisó, es obligación de los consulados mexicanos en Canadá informar y documentar ante las autoridades laborales canadienses la exclusión de algún empleador del gobierno mexicano.

Al conocer la información relacionada con la amonestación y exclusión de empleadores canadienses del PTAT, se puede acceder a información valiosa sobre las condiciones laborales y los derechos humanos de trabajadores migrantes mexicanos en Canadá, así como los motivos y medidas adoptadas por las autoridades mexicanas, destacó.

Con información de Notimex